JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MARCIA ANGELICA REBOLLEDO HAZELDINE C/ PAULINA CECILIA BAQUERIZO GOLDZWEIG

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2019

Materia

LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de autos, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo únicamente presente que el deber de solidaridad con la víctima y la disminución del riesgo con la persona lesionada son de carácter disponible, ajustándose así el acuerdo reparatorio a los términos del artículo 241 del Código Procesal Penal, y no advirtiéndose interés prevalente alguno del Ministerio Público para continuar con la persecución penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha cuatro de octubre de dos mil diecinueve que tuvo por aprobado el acuerdo reparatorio entre imputada y víctima Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal 915-2019

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, siete de noviembre de dos mil diecinueve. Al escrito de fecha seis de noviembre del año en curso presentado por el abogado don Claudio Jara Viveros: A sus antecedentes. VISTO: Atendido el mérito de autos, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo únicamente presente que el deber de solidaridad con la víctima y la disminución del riesgo con la persona lesionad

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