INFRACCIONAL LA FABRICA MEDIA PRODUCCIONES SPA Y PLASTICOS MARIO ANDRE BARRUETO SACCA EIRL CON ISAAC VASQUEZ GOMEZ Y OTRO
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2019
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada. Y, se tiene, además, presente: Que el único antecedente probatorio de los daños ocasionados al Minibús placa patente única GKWF-52, es el presupuesto de la automotora de Bruno Fritsch, no se encuentra refrendado por otros elementos de convicción, por lo que apreciándolo conforme a las reglas de la sana crítica, se reducirá el monto de los daños causados al aludido vehículo a la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos). Y de acuerdo, además, lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil y 32 de la Ley 18.287, SE CONFIRMA, en su parte apelada, la sentencia definitiva de veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho, escrita de fojas 175 a 189 de autos, con declaración que se rebaja el monto por concepto de daño emergente, consignado en el la parte tercera de lo resolutivo del fallo, a la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos); sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-122-2019.
Texto Completo (Preview)
Talca, siete de noviembre de dos mil diecinueve. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada. Y, se tiene, además, presente: Que el único antecedente probatorio de los daños ocasionados al Minibús placa patente única GKWF-52, es el presupuesto de la automotora de Bruno Fritsch, no se encuentra refrendado por otros elementos de convicción, por lo que apreciándolo conforme a las reglas de la sana cr
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