LIDIA INÉS VEGA SILVA A FAVOR DE MAURICIO WILLIAM CONCHA VALLE CONTRA JEFE DEL COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
5 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Advirtiéndose que los hechos expuestos en el recurso no importan un acto u omisión ilegal que afecte la garantía del artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental; y teniendo presente además que la pretensión del recurrente excede el objeto de la acción incoada en estos antecedentes, no siendo ésta la vía idónea para tales efectos, por cuanto el asunto debatido en autos es una materia de exclusiva competencia de la autoridad penitenciaria, se declara inadmisible el recurso de amparo. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Góngora quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de amparo por estimar que en la especie concurren hechos que pueden afectar la garantía del artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Enmiéndese el ingreso y carátula en cuanto al recurrido debiendo decir “Jefe del Complejo Penitenciario de Valparaíso”. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-862-2019.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de amparo. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Góngora quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de amparo por estimar que en la especie concurren hechos que pueden afectar la garantía del artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Enmiéndese el ingreso y carátula en cuanto al recurrido debiendo decir “Jefe del Complejo Penitenciario de Valparaíso”. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-862-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de noviembre de dos mil diecinueve. Proveyendo Folio N° 1 “Ingreso Recurso”: Visto: Advirtiéndose que los hechos expuestos en el recurso no importan un acto u omisión ilegal que afecte la garantía del artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental; y teniendo presente además que la pretensión del recurrente excede el objeto de la acción incoada en estos antecedentes
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