1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

CONTRERAS / CONTRERAS

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2019

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que no existe vicio alguno que sea reparable solamente con la dictación de la nulidad de lo obrado en autos, toda vez que la parte demandante se notificó de la resolución que recibe la causa a prueba y de su complementación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Procedimiento Civil, mediante la presentación de su escrito de folio 16, toda vez que precisamente al presentar su lista de testigos evidencia conocimiento de dichas resoluciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve, dictada en la causa Rit N° C-1204-2019, por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, que decretó la nulidad de oficio de lo obrado en autos a contar del día seis de septiembre del año en curso, y en su lugar se declara que se repone el proceso al estado en el que se encontraba. Devuélvase. N°Civil-2800-2019.

Fallo

se declara que se repone el proceso al estado en el que se encontraba. Devuélvase. N°Civil-2800-2019.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de noviembre de dos mil diecinueve. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que no existe vicio alguno que sea reparable solamente con la dictación de la nulidad de lo obrado en autos, toda vez que la parte demandante se notificó de la resolución que recibe la causa a prueba y de su complementación de conformidad con lo dispu

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