CLINICA DAVILA Y SERVICIOS MEDICOS S.A./DONOSO
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2019
Materia
PAGARÉ, NOTIFICACIÓN DE PROTESTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la apelación interpuesta en estos antecedentes, impugna una resolución que -en cuanto rechaza una solicitud de designación de receptor ad hoc-, no está comprendida en ninguna de las hipótesis señaladas en los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del mismo texto legal, se declara inadmisible por improcedente la apelación subsidiaria deducida con fecha quince de octubre del año en curso, en contra de la resolución del once de octubre pasado, pronunciada por el 2° Juzgado de Letras de Talagante, en los autos Rol C-426-2018. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 1.933-2019.- Civil.
Fallo
se declara inadmisible por improcedente la apelación subsidiaria deducida con fecha quince de octubre del año en curso, en contra de la resolución del once de octubre pasado, pronunciada por el 2° Juzgado de Letras de Talagante, en los autos Rol C-426-2018. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N° 1.933-2019.- Civil.
Texto Completo (Preview)
CH (Ccl) En Santiago, a cuatro de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que la apelación interpuesta en estos antecedentes, impugna una resolución que -en cuanto rechaza una solicitud de designación de receptor ad hoc-, no está comprendida en ninguna de las hipótesis señaladas en los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad, además, con lo dis
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