JUZGADO DE GARANTIA DE RENGO

MP C/ FRANCISCO ANTONIO SANDOVAL VALDEBENITO Y OTROS

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1° Que en primer término, cabe precisar que el imputado Vásquez Marchant fue formalizado por el delito de desórdenes públicos, el que se encuentra previsto en el artículo 269 del Código Penal. 2° Que si bien los hechos materia de la formalización de la investigación podrían resultar incluso más graves en cuanto a su calificación jurídica, atendido que en ella se señala que el imputado junto a otro, correspondiente a Sandoval Valdebenito, se encontraban en la plaza de la comuna de Malloa, perturbando gravemente la tranquilidad pública, causando desórdenes consistentes en colocar barricadas, efectuando quemas, lanzando piedras al personal de Carabineros y cadenas a los cables del tendido eléctrico, no resulta procedente acceder a la medida cautelar pedida por el Ministerio Público del artículo 155 letra e) del Código Procesal Penal, por cuanto ésta se ha solicitado de manera genérica, pidiendo que se prohíba al imputado asistir a manifestaciones públicas, lo que la legislación no permite, pues la referida prohibición sólo puede decretarse respecto de determinadas reuniones, recintos o espectáculos públicos, o de visitar determinados lugares, exigencias que en la forma pedida por el Ministerio Público, no se cumplen en la especie. 3° Que lo dicho precedentemente es sin perjuicio que el ente persecutor durante el curso de la investigación pueda solicitar otras medidas cautelares, acordes con la gravedad de los hechos y los bienes jurídicos protegidos, obviamente en la medida que cuente con los antecedentes suficientes para justificar su pretensión. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha veintidós de octubre del año en curso, dictada en los autos RIT 3566-2019, por el Juzgado de Garantía de Rengo. Comuníquese. Rol Corte 936-2019.Penal. -

Texto Completo (Preview)

msc C.A. de Rancagua Rancagua, dos de noviembre de dos mil diecinueve. Siendo las 09:30 horas ante la Sala de Turno de esta Iltma. Corte de Apelaciones integrada por el Ministro Sr. Pedro Caro Romero, la Ministro (I) Sra. Natalia Rencoret Oliva, y el abogado integrante Sr. Mario Barrientos Ossa, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público, en

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