MANUEL PATRICIO ELIAS ALVAREZ CONTRA 11° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Y P.D.I. EXTRANJERIA.
Rol
Fecha
30 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece Manuel Elías Álvarez, condenado rematado en causa RUC 1101077798-6, RIT 2141-2012 del 11° Juzgado de Garantía, quien deduce recurso de amparo preventivo, en contra del referido Juzgado de Garantía y funcionarios de la PDI del Departamento Extranjería, quienes conculcan su derecho y libertad de desplazamiento al negarle salir del país por el paso Los Libertadores, señalando que registra orden de detención en la causa antes indicada del 11° Juzgado de Garantía, indicándole que debe acompañar certificado de término de causa y además el comprobante de pago de multa impuesta. Expone que inicialmente fue condenado por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago el 27 de diciembre de 2011 a la sanción de tres años de libertad asistida especial, en calidad de autor del delito de robo con intimidación en los autos Rit N° 6045-2011, que el 28 de febrero de 2012 el tribunal aprobó el plan de intervención individual realizado por el programa de Libertad Asistida Especial de Lo Espejo, institución a la que ingresó para el cumplimiento de la sanción el 29 de diciembre de 2011, y que luego se remiten los antecedentes al 11° Juzgado de Garantía de Santiago, por ser el encargado de la ejecución de la sanción según lo dispuesto en el artículo 50 de la ley 20.084. Expone los antecedentes de la causa referida, dando cuenta de una serie de audiencias por incumplimiento a la sanción impuesta y concluyendo que atendida la fecha que se dictó el fallo, la calidad de menor que ostentaba y el tiempo transcurrido, se cumplen todos los requisitos contenidos en los artículos 93 N° 7, 97, 98 y 103, del Código Penal, para tener por prescrita la pena impuesta en esta causa. Agrega que a la fecha de comisión del ilícito tenía 15 años y que actualmente tiene 23, es comerciante en ferias libres, tiene una pareja y es padre de un menor de seis años, contribuyendo al sustento de su familia. Previas citas legales, pide se restablezca el imperio del derecho en el sentido de de
Fallo
se declara incompetente y remite los antecedentes para su ejecución a ese Juzgado, el que acepta la competencia. Agrega que atento el constante incumplimiento de la sanción por parte del imputado, el 24 de marzo del 2015, se le quebranta la misma, imponiéndole internación en régimen semicerrado, pena que tampoco ha cumplido hasta la fecha. Expresa que respecto del recurrente se decretaron 12 audiencias de control de ejecución y quebrantamiento, entre el 31 de mayo de 2013 y el 9 de febrero de 2017, audiencia última a la que no asiste, decretándose orden de detención en su contra, la que hasta la fecha se mantiene vigente. Agrega que el imputado ha sido refractario al cumplimiento de la pena y hasta la fecha no fue habido, manteniendo el incumplimiento de la sanción quebrantada y para decretar la prescripción, el procedimiento es que el imputado sea habido, se presente voluntariamente, o su defensor penal lo solicite, lo que no ha ocurrido hasta la fecha y además, para decretar la prescripción, a diferencia de lo referido por el imputado, no basta el sólo transcurso del tiempo, pues habiendo sido condenado por un crimen se requiere verificar que el plazo no se ha interrumpido, y en el expediente judicial no consta extracto actualizado de adolescente y de adulto, y no se ha pedido ni decretado hasta la fecha oficio para ante la Policía de Investigaciones, a fin de verificar si cuenta con salidas del país. TERCERO: Que también informa, don Richard Bórquez Duque, Prefecto Ins
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Santiago, treinta de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS: PRIMERO: Que comparece Manuel Elías Álvarez, condenado rematado en causa RUC 1101077798-6, RIT 2141-2012 del 11° Juzgado de Garantía, quien deduce recurso de amparo preventivo, en contra del referido Juzgado de Garantía y funcionarios de la PDI del Departamento Extranjería, quienes conculcan su derecho y libertad de desplazamiento al nega
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