FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
28 de octubre de 2019
Materia
EXPROPIAR, GESTIÓN DE PAGO PARA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que han comparecido al procedimiento de autos propietarios del inmueble que se pretende expropiar correspondiente a los siete herederos, según da cuenta el duplicado de posesión efectiva acompañado en autos; que las gestiones realizadas por ellos tienen relación con obtener el giro de los fondos consignados por el expropiante, lo cual permite establecer que tienen conocimiento del procedimiento de autos en particular de la solicitud de toma de posesión material y su resolución de 25 de agosto del año 2017 por los que se los tendrá por tácitamente notificados de dicha resolución de acuerdo con lo previsto en el artículo 55 del Código de Procedimiento Civil. Y, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 55, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Decreto Ley N° 2.186 de 1978, se revoca la resolución apelada de ocho de julio del año en curso, dictada en causa Rol V-150-2017 por el Tercer Juzgado Civil de San Miguel y en su lugar se declara que se tienen por tácitamente notificados a los expropiados de todo lo obrado en autos, en particular la resolución de veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete, que concede al Fisco la posesión material del bien expropiado. Ello a contar de la fecha en que se disponga el “cúmplase” de la presente resolución. Devuélvase. N°Civil-1411-2019. Pronunciada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señora Ana Cienfuegos Barros y señor Luis Sepúlveda Coronado.
Fallo
se declara que se tienen por tácitamente notificados a los expropiados de todo lo obrado en autos, en particular la resolución de veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete, que concede al Fisco la posesión material del bien expropiado. Ello a contar de la fecha en que se disponga el “cúmplase” de la presente resolución. Devuélvase. N°Civil-1411-2019. Pronunciada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señora Ana Cienfuegos Barros y señor Luis Sepúlveda Coronado.
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó revocando la abogado señora Pamela Quiroz. Santiago, 28 de octubre de 2019. En Santiago, a veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. Al escrito folio 71.496: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que han comparecido al procedimiento de autos propietarios del inmueble que se pretende expropiar correspondiente a los sie
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