PLÁSTICOS FILM AMÉRICA LTDA./DECIMO CUARTO JUZGADO CIVIL SANTIAGO
Rol
Fecha
29 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el presente recurso de hecho, interpuesto el veintiuno de octubre último, en contra de la resolución del Décimo Cuarto Juzgado Civil de esta ciudad, de quince de octubre de dos mil diecinueve que concedió el recurso de apelación en el solo efecto devolutivo. 2°) Que el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, establece que si el tribunal inferior otorga apelación en el efecto devolutivo, debiendo concederla también en el suspensivo, la parte agraviada, dentro de cinco días contados desde la fecha de la certificación a que se refiere el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, podrá pedir al superior que desde luego declare admitida la apelación en ambos efectos. 3°) Que atendida la certificación de veintidós de octubre último y lo informado por el tribunal recurrido, no han ingresado esta Corte la apelación concedida el veintiuno de octubre pasado, por lo que cabe concluir que en el presente caso, no se dan los presupuestos legales para que sea admitido a tramitación. Por los
Fundamentos
motivos expuestos y de conformidad a las normas citadas precedentemente,
Fallo
se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de hecho interpuesto el veintiuno de octubre de dos mil diecinueve. Archívese. N°Civil-13934-2019 (tms). Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago presidida por el ministro señor Fernando Carreño Ortega e integrada por la ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por la abogada integrante señora Carolina Coppo Diez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de octubre de dos mil diecinueve. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo a los folios N°1 y N°7: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el presente recurso de hecho, interpuesto el veintiuno de octubre último, en contra de la resolución del Décimo Cuarto Juzgado Civil de esta ciudad, de quince de octubre de dos mil diecinue
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