MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL VARGAS PAILLAHUEQUE
Rol
Fecha
26 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, esta Corte por mayoría de sus integrantes decreta; se CONFIRMA la resolución apelada de diecinueve de octubre de dos mil diecinueve. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Luis Aedo Mora quien estuvo por revocar la resolución apelada por constituir la libertad del imputado peligro para la seguridad de la víctima. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia Rol 975 – 2019 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 26 de octubre de 2019. Inés Recart Parra Relatora En Valdivia, veintiséis de octubre de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Acto seguido, tanto la Fiscalía como la defensa hacen uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala, da por terminada la intervención y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, esta Corte por mayoría de sus integrantes decreta; se CONFIRMA la resolución apelada de diecinueve de octubre de dos mil diecinueve. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Luis Aedo Mora quien estuvo por revocar la resolución apelada por constituir la libertad del imputado peligro para la seguridad de la víctima. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia Rol 975 – 2019 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 26 de octubre de 2019. Inés Recart Parra Relatora En Valdivia, veintiséis de octubre de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 1901075847-8, RIT 1073– 2019. ROL CORTE 975 – 2019 PEN. Siendo las 11.40 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de los Ministros Sr
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