BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/ZAMORA
Rol
Fecha
25 de octubre de 2019
Materia
HIPOTECARIA, ACCIÓN
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la diferencia que realiza el Banco ejecutante en orden a imponer los gastos de la enajenación del inmueble y su posterior inscripción al subastador, salvo que esta institución sea la adjudicataria en que la pone de cargo de la parte ejecutada no encuentra asidero legal, al tiempo que al no considerarlo costas del juicio derechamente constituye la creación de un título ejecutivo de manera unilateral y no previsto por la ley, y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha nueve de julio de dos mil diecinueve en cuanto rechazó la objeción de las bases del remate y, en su lugar se declara que se acoge dejando sin efecto en la cláusula N° 12 de las mismas, la referencia a que si el adjudicatario es el demandante los gastos serán de cargo del ejecutado y el demandante quedará facultado para exigir su pago o reembolso al demandado. Regístrese y comuníquese. Rol 1002-2019 (CIV) 2
Fallo
se declara que se acoge dejando sin efecto en la cláusula N° 12 de las mismas, la referencia a que si el adjudicatario es el demandante los gastos serán de cargo del ejecutado y el demandante quedará facultado para exigir su pago o reembolso al demandado. Regístrese y comuníquese. Rol 1002-2019 (CIV) 2
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veinticinco de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la diferencia que realiza el Banco ejecutante en orden a imponer los gastos de la enajenación del inmueble y su posterior inscripción al subastador, salvo que esta institución sea la adjudicataria en que la pone de cargo de la parte ejecutada no encuentra asidero legal, al
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