OLGA IVONNE LIZAMA VALENCIA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece el abogado Enrique Sotomayor Zanetta, quien deduce recurso de amparo a favor de la condenada Olga Lizama Valencia y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, por haberle denegado el beneficio de la libertad condicional. Señala que Lizama Valencia se encuentra cumpliendo una pena de 5 años, 4 meses y 1 día, y registra como fecha de término de condena en abril de 2021,
Fundamentos
considerando la rebaja otorgada de conformidad a la Ley 19.856; además tiene sus estudios al día, realiza un trabajo al interior del penal y se destaca por su muy buena conducta, según evaluación de los últimos cuatro bimestres, por lo que cumple todos los requisitos que establece el artículo 2 del Decreto Ley N°321. Pide, en definitiva, acoger el presente arbitrio constitucional y dejar sin efecto la resolución de 11 de octubre del año en curso, por medo de la cual se le denegó a Lizama Valencia el beneficio de la libertad condicional, y se le reconozca el mentado beneficio, ordenando seguir el procedimiento establecido en la ley y reglamento para el goce de aquél. Segundo: Que informa al tenor del recurso don Luis Sepúlveda Coronado, Ministro de esta Corte de Apelaciones, en su calidad de presidente de la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en octubre del año en curso, indicando que, la decisión de rechazar la solicitud de la condenada Lizama Valencia se acordó por unanimidad, teniendo para ello en especial consideración el informe social y psicológico unificado, en cuanto la condenada no cumple con el requisito del numeral 3° del artículo 2° del D.L. 321, en relación a las características de personalidad, toda vez que presenta un alto compromiso delictual, tiene quebrantamiento de beneficio intrapenitenciario no internalizado, carece de red de apoyo significativa, en tanto su madre justifica el actuar delictual de su hija, además, de presentar falta de conciencia del delito y del mal causado. Expresa que, en razón de lo anterior, la Comisión recurrida al denegar el beneficio se ajustó a la normativa legal, decisión que por lo demás se encuentra debidamente motivada, sin que se haya impuesto un requisito adicional o interpretado de manera errada los que prevé la ley, pues la Comisión ha razonado sobre los presupuestos esenciales para conceder el beneficio, esto es, que la condenada se encuentre corregida y rehabilitada para la vida social, circunstancia que debe necesariamente concurrir para que se haga acreedora al mentado beneficio. Tercero: Que, por su parte, Gendarmería remitió al proceso los antecedentes relativos a la condenada. En lo que atañe a la razón para la denegación del beneficio, consta informe de postulación psicosocial de libertad condicional, suscrito por doña Denisse Ortega Palomino, terapeuta ocupacional del Centro Penitenciario Femenino de Santiago, en cuyas conclusiones se expresa que interna presenta un nivel de riesgo alto de reincidencia, antecedentes de quebrantamiento de beneficio de salida dominical en el año 2017, exponiendo baja reflexión sobre los costos que tuvo esta situación para sí misma y su grupo familiar; que además se observan dificultades al momento de identificar y problematizas sus factores de riesgo, por ejemplo niega que el consumo de alcohol sea un dificultad en el medio libre, mientras su madre y apoyo social para esta postulación, lo destaca como el principal factor de riesgo. Asimism
Texto Completo (Preview)
En Santiago, a veinticinco de octubre de dos mil diecinueve. Vistos: Primero: Que comparece el abogado Enrique Sotomayor Zanetta, quien deduce recurso de amparo a favor de la condenada Olga Lizama Valencia y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, por haberle denegado el beneficio de la libertad condicional. Señala que Lizama Valencia se encuentra cumpliendo una pena de 5
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