DE LA FUENTE/POZZI
Rol
Fecha
25 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se desprende que las resoluciones en contra de las cuales se recurre por esta vía son susceptibles de recursos ordinarios, por lo que atendida su naturaleza, no procede a su respecto la interposición de un recurso de queja. Y de conformidad además, con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales se declara inadmisible el interpuesto con fecha catorce de octubre de dos mil diecinueve por el abogado señor Patricio de la Fuente Encina. Archívese. N°Laboral - Cobranza-2902-2019. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá, y conformada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerreros y la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Fallo
se declara inadmisible el interpuesto con fecha catorce de octubre de dos mil diecinueve por el abogado señor Patricio de la Fuente Encina. Archívese. N°Laboral - Cobranza-2902-2019. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá, y conformada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerreros y la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de octubre de dos mil diecinueve. (dia) Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se desprende que las resoluciones en contra de las cuales se recurre por esta vía son susceptibles de recursos ordinarios, por lo que atendida su naturaleza, no procede a su respecto la interposición de un recurso de queja. Y de conformidad además, con lo d
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