SIN INFORMACION

SANCHEZ/SOCIEDAD DE PRODUCTORES FONOGRAFICOS Y VIDEOGRAFICOS DE CHILE

Rol

Fecha

24 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 12 de julio de 2019, comparece don Francisco Toyos Jofré, abogado, en representación de Fabián Esteban López Alarcón y de Jorge Iván Sánchez Giraldo, domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova N° 5710, oficina 202, comuna de Las Condes quien interpone acción constitucional de protección en contra de Sociedad de Productores Fonográficos y Videográficos de Chile (PROFOVI), representada por su Director General don Francisco Nieto Guzmán, por los actos arbitrarios e ilegales consistentes en diversas, reiteradas y continuas actuaciones de hostigamiento destinadas a obtener fiscalizaciones realizadas por la Policía de Investigaciones de Chile por la infundada denuncia hecha por PROFOVI amparada en que en los locales comerciales que se señalarán se reproducían y almacenaban digitalmente fonogramas musicales, sin haber obtenido supuestamente la autorización expresa del titular de derechos de autor, tal como lo señalaría el artículo 19 de la Ley N° 17.336, procediendo producto de ello y ante la presencia de personal de la recurrida y funcionarios de la PDI a la detención de los representantes de los locales comerciales y ello, posteriormente, bajo la amenaza que la única forma de suspender el procedimiento dirigido en contra de los recurridos sería mediante el pago de las licencias y derechos de autor que, supuestamente, se adeudarían a PROFOVI. Sostiene que los actos precedentemente señalados son arbitrarios e ilegales en la medida que conculcan los derechos y garantías de sus representados establecidos en el artículo 19 numerales: Nº 2, 3, 21, 22, 24 y 26 de la Constitución Política de la República, es decir, la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, el derecho a desarrollar una actividad económica que no es contraria ni a la moral, ni al orden público, ni a la seguridad nacional, la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organ

Fallo

Fallo del recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección interpuesto por el abogado Francisco Toyos Jofré, en representación de Fabián Esteban López Alarcón y de Jorge Iván Sánchez Giraldo, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-59806-2019. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por la Ministro señora Mireya López Miranda y por el Abogado integrante señor Cristian Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 12 de julio de 2019, comparece don Francisco Toyos Jofré, abogado, en representación de Fabián Esteban López Alarcón y de Jorge Iván Sánchez Giraldo, domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova N° 5710, oficina 202, comuna de Las Condes quien interpone acció

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