FIGUEREDO/MINISTERIO DEL INTERIOR
Rol
Fecha
24 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: A folio N°1-2019 comparece ANTHONY YUNIOR FIGUEREDO ARGUELLO, de nacionalidad venezolana, quien interpone Recurso de Amparo Constitucional en contra de la Resolución Exenta N°5928/5514 de fecha 31 de Julio de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, notificada el día 23 de Agosto de 2019, que decretó su expulsión del territorio nacional. Funda su acción en que nació el día 24 de Junio de 1999 en Guanare, Venezuela. Vivió allí la mayoría de su vida, tiene su familia residiendo allí, y se encontraba efectuando estudios relacionados a la administración de empresas. Por
Fundamentos
motivos Políticos y Económico se le hizo inviable continuar su vida en su país, por lo que optó por emigrar con el objetivo de alcanzar una mejor calidad de vida. Refiere que desde Venezuela, se dirigió a Colombia, país en el que vivió aproximadamente un año, manteniendo sus papeles o documentos migratorios en regla en dicha nación, decretándose un permiso de permanencia por 2 años. Posteriormente decidió emprender rumbo a Chile, por lo que ingresó a través de un paso fronterizo no habilitado entre Perú y Chile, en específico por Ferrocarril, dicho ingreso se efectúa el día 18 de junio de 2019. Ya en territorio chileno, decide autodenunciarse en la ciudad de Arica, con la intención de demostrar a las autoridades que su deseo es regularizar sus papeles migratorios, con el objetivo de poder trabajar en Chile. Agrega que actualmente se desempeña realizando trabajos de forma esporádica, esto por no poseer documentos, y es su único método para generar ingresos y suplir sus necesidades básicas, como son vivienda o alimentación. Asevera que ni en su país de origen ni en Chile, ha cometido delito alguno. En relación a su situación migratoria irregular, señala que no pudo optar a obtener una visa antes de dirigirse a Chile, ya que no contaba con la capacidad económica que se exige. Sostiene que el fin principal de estar en Chile, es mejorar sus condiciones de vida, siempre en búsqueda o anhelando un futuro con mayores oportunidades que las que tendría en su país de origen, toda vez que las restricciones de carácter político, sociales y económicas son de tal magnitud que no garantizan un nivel de libertad necesario para llevar una situación de vida digna. Indica que desde que fue notificado el día 23 de agosto del presente año, de la resolución de la cual se recurre, ha firmado semanalmente ante la Policía de Investigaciones según lo solicitado. Asevera que se le expulsa del país en virtud de una decisión administrativa contraria a derecho, con infracción a garantías protegidas en la Constitución Política de la República, como lo son la libertad, la igualdad y el derecho al debido proceso, perjudicándolo de manera gravísima. Afirma que la resolución administrativa recurrida, no solo atenta en contra su derecho a la libertad personal y vulnera el derecho a la igualdad ante la ley, sino que además este proceso administrativo es atentatorio debido a la inexistencia de un proceso previo en el que se le declare culpable del delito de ingreso ilegal. Sostiene que la Resolución impugnada es ilegal por cuanto tiene como base fundamental el artículo 69 del Decreto Ley N°1094, que establece el delito de ingreso clandestino. La comisión de dicho delito debe ser investigado por el órgano persecutor correspondiente, dentro de un contexto de un debido proceso penal, investigación que no fue llevada a cabo. Agrega que no ha sido sometido a un “procedimiento racional y justo” señalado en el artículo 19 N°3 de nuestra carta fundamental, pues, no ha habido invest
Fallo
Fallo del Recurso de Amparo, Decreto Ley N° 321 y su Reglamento; SE ACOGE el recurso de amparo deducido por ANTHONY YUNIOR FIGUEREDO ARGUELLO, en contra de la Resolución Exenta N°5928/5514 de fecha 31 de Julio de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, la que se deja sin efecto, así como los demás actos que sean consecuencia de ella. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-189-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve. VISTO: A folio N°1-2019 comparece ANTHONY YUNIOR FIGUEREDO ARGUELLO, de nacionalidad venezolana, quien interpone Recurso de Amparo Constitucional en contra de la Resolución Exenta N°5928/5514 de fecha 31 de Julio de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, notificada el día 23 de Agosto de 2019, que decr
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