RIVEROS AGURTO CONTRA ESTADO DE CHILE
Rol
Fecha
23 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
Visto: 1° Que, en el motivo 3° de la resolución de treinta y uno de mayo último, en autos Rol 28.040-2019, la Corte de Apelaciones de Santiago, se indica que los efectos del acto que motiva la acción de protección de autos se producen en la ciudad de Parral. 2° Que, la referida ciudad no pertenece a la jurisdicción de este Tribunal sino que, a la Corte de Apelaciones de Talca. Conforme lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, para los fines que correspondan, devuélvanse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago. Hecho, archívese. Sirva la presente de suficiente y atento oficio remisor. Anótese. N°Protección-3625-2019.
Fallo
se resuelve: Visto: 1° Que, en el motivo 3° de la resolución de treinta y uno de mayo último, en autos Rol 28.040-2019, la Corte de Apelaciones de Santiago, se indica que los efectos del acto que motiva la acción de protección de autos se producen en la ciudad de Parral. 2° Que, la referida ciudad no pertenece a la jurisdicción de este Tribunal sino que, a la Corte de Apelaciones de Talca. Conforme lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2° del Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, para los fines que correspondan, devuélvanse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago. Hecho, archívese. Sirva la presente de suficiente y atento oficio remisor. Anótese. N°Protección-3625-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillan Chillan, veintitrés de octubre de dos mil diecinueve. Con la cuenta dada se resuelve: Visto: 1° Que, en el motivo 3° de la resolución de treinta y uno de mayo último, en autos Rol 28.040-2019, la Corte de Apelaciones de Santiago, se indica que los efectos del acto que motiva la acción de protección de autos se producen en la ciudad de Parral. 2° Que, la referida ciudad no pertene
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