COMERCIO Y SERVICIOS LTDA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COPIAPÓ
Rol
Fecha
23 de octubre de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
ACOGIDA Y REEMPLAZO
Hechos
VISTOS: En causa R.U.C. N° 1940199543-1, R.I.T. N° I-27-2019, don Pablo Collarte Hernández, abogado de la Dirección del Trabajo, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de treinta de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, don José Marcelo Álvarez Rivera, que acogió la demanda de reclamación de multa administrativa interpuesta por Comercio y Servicios Limitada en contra del Inspector Provincial del Trabajo de Copiapó, don José Miguel Sagredo Sanhueza, solo en cuanto se declara: a) que respecto de la Resolución de Multa N° 8409/19/13-1, se rebaja a la suma de 10 U.T.M.; y, b) que respecto de la Resolución de Multa N° 8409/19/13-2, se rebaja a la suma de 10 U.T.M. Funda el recurso en la causal prevista en el artículo 477 inciso primero del Código del Trabajo y solicita se proceda a anular la sentencia recurrida, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo que no haga lugar a la demanda interpuesta en estos antecedentes, con costas. En la vista de la causa intervinieron, por el recurso, el abogado don Pablo Collarte Hernández, y en contra del mismo, la abogada doña Carolina Sepúlveda Rivera. Suspendido el debate y habiéndose logrado acuerdo, aparece que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que en lo que es pertinente al recurso, en la sentencia que se impugna, recaída en los autos que le sirven de antecedente, se acoge en definitiva la reclamación de multa administrativa interpuesta por Comercio y Servicios Limitada en contra del Inspector Provincial del Trabajo de Copiapó, don José Miguel Sagredo Sanhueza, sólo en cuanto
Fallo
se declara: a) que respecto de la Resolución de Multa N° 8409/19/13-1, se rebaja a la suma de 10 U.T.M.; y, b) que respecto de la Resolución de Multa N° 8409/19/13-2, se rebaja a la suma de 10 U.T.M. Funda el recurso en la causal prevista en el artículo 477 inciso primero del Código del Trabajo y solicita se proceda a anular la sentencia recurrida, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo que no haga lugar a la demanda interpuesta en estos antecedentes, con costas. En la vista de la causa intervinieron, por el recurso, el abogado don Pablo Collarte Hernández, y en contra del mismo, la abogada doña Carolina Sepúlveda Rivera. Suspendido el debate y habiéndose logrado acuerdo, aparece que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales. CONSIDERANDO: 1° Que en lo que es pertinente al recurso, en la sentencia que se impugna, recaída en los autos que le sirven de antecedente, se acoge en definitiva la reclamación de multa administrativa interpuesta por Comercio y Servicios Limitada en contra del Inspector Provincial del Trabajo de Copiapó, don José Miguel Sagredo Sanhueza, sólo en cuanto se declara: a) que respecto de la Resolución de Multa N° 8409/19/13-1 (por no otorgar trabajo convenido), se rebaja a la suma de 10 U.T.M.; y b) que respecto de la Resolución de Multa N° 8409/19/13-2 (por no otorgar beneficio de sala cuna), se rebaja a la suma de 10 U.T.M. 2° Que la recurrente funda su recurso, en la causal prevista en el artíc
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C.A. de Copiapó Copiapó, veintitrés de octubre de dos mil diecinueve. Copiapó, VISTOS: En causa R.U.C. N° 1940199543-1, R.I.T. N° I-27-2019, don Pablo Collarte Hernández, abogado de la Dirección del Trabajo, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de treinta de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, don José M
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