10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER - CHILE/VÁSQUEZ PONCE FRANCISCO

Rol

Fecha

22 de octubre de 2019

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que el examen del documento acompañado como sustento de la demanda debe ajustarse a lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y, en el caso en estudio, el juez a quo se excedió en las facultades que dichas normas le reconocen, desde que realiza un análisis de fondo impertinente a esta etapa procesal. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de nueve de agosto del año en curso, dictada por el Décimo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar se decide que el señor juez a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-12439-2019.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de nueve de agosto del año en curso, dictada por el Décimo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar se decide que el señor juez a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-12439-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de octubre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo únicamente presente: Que el examen del documento acompañado como sustento de la demanda debe ajustarse a lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y, en el caso en estudio, el juez a quo se excedió en las facultades que dichas normas le reconocen, desde que realiza un análisis de

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