1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

SOCIEDAD AGRICOLA LOS HORNOS LIMITADA CON INMOBILIARIA ALTO CANTILLANA S.A. E INVERSIONES CANTILLANA LIMITADA

Rol

Fecha

22 de octubre de 2019

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Se revoca la resolución de treinta y uno de mayo del año en curso, sólo en cuanto por ella se incorpora como punto de prueba N°6 el siguiente: “Efectividad que el inmueble que las demandantes principales SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS HORNOS LIMITADA y CORPORACIÓN ALTOS DE CANTILLANA reivindican, ubicado en la comuna de MELIPILLA, haya sido efectivamente expropiado”. II.- Se confirma en lo demás la referida resolución. Devuélvase. Civil-1630-2019.

Fallo

se resuelve: I.- Se revoca la resolución de treinta y uno de mayo del año en curso, sólo en cuanto por ella se incorpora como punto de prueba N°6 el siguiente: “Efectividad que el inmueble que las demandantes principales SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS HORNOS LIMITADA y CORPORACIÓN ALTOS DE CANTILLANA reivindican, ubicado en la comuna de MELIPILLA, haya sido efectivamente expropiado”. II.- Se confirma en lo demás la referida resolución. Devuélvase. Civil-1630-2019.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de octubre de dos mil diecinueve. Vistos: Atendido el mérito de los antecedes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Se revoca la resolución de treinta y uno de mayo del año en curso, sólo en cuanto por ella se incorpora como punto de prueba N°6 el siguiente: “Efectividad que el inmueble que las demandantes principales SOCIEDAD AG

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