ANDINO BROOWN ALAIN/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
22 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DEL ACUERDO - SE HACE LUGAR
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece María Isabel Sáez Vila, abogado, domiciliada en calle San Francisco 355 dpto. 1416, quien deduce recurso de protección en favor de Alain Andino Broown, cubano, en contra del Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior. Expone que con fecha 5 de junio de 2019 concurrió como tramitadora mediante cita tomada on line a la oficina de migraciones ubicada en Matucana 1223, a consultar por los trámites de visa definitiva solicitada por su representado el 16 de enero de 2019, tras haber enviado los antecedentes por Correos de Chile. Sin embargo en esa oportunidad se le informó que Correos no había enviado aún la información ni los antecedentes, que por eso no aparecía el trámite en el sistema. Ante esto, fue a Correos, donde le indicaron que fueron enviados los antecedentes mediante estafeta del Departamento de Extranjería y Migraciones de nombre Eduardo Huanar, con número de despacho 394735267. El 20 de junio del presente año concurrió nuevamente a la oficina con estos antecedentes; sin embargo le indicaron que debía tomar cita y que no tenían más información. Se explica que el recurrente no puede realizar ningún tipo de trámite, pues tiene su cédula de identidad vencida y no puede renovarla. Tampoco puede utilizar sus tarjetas bancarias y perdió un viaje programado con la aerolínea Copa. Invoca el derecho a la información pública y derecho a la libertad personal Solicita en definitiva se ordene a la oficina de migraciones y organismos pertinentes que informen acerca del proceso de obtención de la visa del afectado, su estado de tramitación y cualquier otro antecedente que posean. La parte recurrente, mediante presentación de 26 agosto de 2019, hace presente que con fecha 9 de agosto le fue enviado comprobante de solicitud de visa de permanencia definitiva a su representado, el cual acompaña. Sin embargo el recurrente continúa con su cédula de identidad vencida sin que la oficina de migraci
Fallo
por tanto, a no ser discriminado arbitrariamente, desde que se producen diferencias a través de un comportamiento distinto respecto de otros casos; sin perjuicio que lo que se resuelva en definitiva por el órgano competente. Por tales motivos, el recurso será estimado, como se dirá en lo decisorio. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Art. 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que SE HACE LUGAR al recurso de protección interpuesto por María Isabel Sáez Vila, en favor de Alain Andino Broown, y se ordena al Departamento de Extranjería Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, resolver la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, en el más breve plazo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro señor Llanos.- Rol N° 62.347-2019.- Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada, además, por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá y la abogado integrante señora Carolina Coppo Diez. No firma la ministra señora Lusic, quien concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con licencia médica.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de octubre de dos mil diecinueve.- Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece María Isabel Sáez Vila, abogado, domiciliada en calle San Francisco 355 dpto. 1416, quien deduce recurso de protección en favor de Alain Andino Broown, cubano, en contra del Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior. Expone que con fecha 5 de junio de 2019 concur
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