DÍAZ/ISAPRE MASVIDA S.A.
Rol
Fecha
22 de octubre de 2019
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el recurso de nulidad laboral que se revisa ha sido deducido por la demandada Nueva Mas Vida S.A. en contra de la sentencia de catorce de junio de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos Rit O-706-2019 de dicho tribunal y por la cual acogió la demanda deducida por Beatriz del Carmen Díaz Matus y por la cual
Fallo
se declara la continuación legal de Nueva Mas Vida S.A., respecto de Isapre Mas Vida S.A. y dispone el pago de las prestaciones laborales que indica, sin costas. Segundo: Que, se invoca como causal única la prevista en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo en relación con los artículos 342 c) y 297 del mismo cuerpo legal, reclamando como vulnerados los principios de no contradicción y de razón suficiente. En lo medular, sostiene que el sentenciador da por justificado el despido indirecto en la motivación Décima, pero que revisadas las pruebas conforme a las reglas de la sana crítica llevarían a una conclusión diversa, lo que se desprende del análisis de la testigo Verónica Salas en la que no es posible concluir que su parte no otorgara el trabajo convenido requiere el informe de fiscalización que consigna que no es posible verificar el incumplimiento del contrato de trabajo. Expone que lo que el sentenciador debió concluir era que el producto que Isapre Nueva Mas Vida tenía era malo y de difícil venta, lo que no es lo mismo que no otorgar el trabajo convenido, por ello, no hay incumplimiento, ni menos uno grave imputable a su parte. Así, lo que el tribunal debió concluir es que había planes de la antecesora que cambiaron y que entre la nueva y la antigua isapre los planes no eran los mismos, que por ese cambio bajaron las ventas y que los vendedores siguieron tratando de vender los planes. Expone que la valoración probatoria tuvo influencia sustancial en lo d
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Santiago, veintidós de octubre de dos mil diecinueve. Vistos y considerando: Primero: Que el recurso de nulidad laboral que se revisa ha sido deducido por la demandada Nueva Mas Vida S.A. en contra de la sentencia de catorce de junio de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos Rit O-706-2019 de dicho tribunal y por la cual acogió la demanda
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