3º JUZGADO DE LETRAS DE CALAMA

RICCI / MIRANDA

Rol

Fecha

21 de octubre de 2019

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que durante la secuela del juicio se ha reclamado sobre la cosa litigada derechos incompatibles con las partes demandantes y demandado, debe revocarse la resolución apelada. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 22, 24 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de fecha doce de junio de dos mil diecinueve, que denegó tener como parte excluyente a Eleuterio Segundo Carrasco Ovando. La juez a quo deberá generar el incidente correspondiente sobre la petición de alzamiento planteada. Regístrese y comuníquese. Rol 891-2019 (CIVIL) 2

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 22, 24 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de fecha doce de junio de dos mil diecinueve, que denegó tener como parte excluyente a Eleuterio Segundo Carrasco Ovando. La juez a quo deberá generar el incidente correspondiente sobre la petición de alzamiento planteada. Regístrese y comuníquese. Rol 891-2019 (CIVIL) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiuno de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que durante la secuela del juicio se ha reclamado sobre la cosa litigada derechos incompatibles con las partes demandantes y demandado, debe revocarse la resolución apelada. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 22, 24 y 186 y siguient

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