MARITIMA DE INVERSIONES S.A./SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol
Fecha
18 de octubre de 2019
Materia
TRIBUTARIO - GENERAL DE RECLAMACIÓN
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho, escrita a fojas 126 de estas compulsas y, en su lugar se resuelve, que se reemplaza el punto 2), por el siguiente: “Antecedentes de hecho que acrediten los presupuestos por los cuales corresponde la deducción de los gastos financieros registrados en la cuenta de gasto N°50-30-10-001 a nivel del impuesto de primera categoría”. Devuélvase. N°Tributario Y Aduanero-356-2018. Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, por la Ministro Suplente señora Paola Rovinovich Moscovich y por el abogado integrante señor Cristián Luis Lepin Molina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se resuelve, que se reemplaza el punto 2), por el siguiente: “Antecedentes de hecho que acrediten los presupuestos por los cuales corresponde la deducción de los gastos financieros registrados en la cuenta de gasto N°50-30-10-001 a nivel del impuesto de primera categoría”. Devuélvase. N°Tributario Y Aduanero-356-2018. Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, por la Ministro Suplente señora Paola Rovinovich Moscovich y por el abogado integrante señor Cristián Luis Lepin Molina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: que se anunciaron para alegar, escucharon relación y alegaron el abogado don Gabriel Muñoz, por el recurso, y el abogado don Matías Bobadilla, contra el mismo. Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve. Carolina Canales Relatora (Ad-Hoc) C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve. Proveyendo a fojas 163 y 164, téngase presente. Vistos: Atendido e
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