SIN INFORMACION

/JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

18 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio1, comparece Cristián Sandoval Díaz, Defensor Penal Público, en favor del amparado Marcelo Alejandro Jeria Tobar, quien actualmente se encuentra privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en causa RIT 9654-2019 seguida ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, interpone acción de amparo en contra del mencionado tribunal, que en audiencia de 7 de octubre del año 2019, rechazó solicitud de la defensa de suspensión del procedimiento de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, no obstante existir antecedentes suficientes que permiten presumir su inimputabilidad. Señala que el 2 de agosto del presente año, se efectuó audiencia de control de detención en contra del amparado, siendo formalizado por el delito de robo con intimidación, decretándose medidas cautelares contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. Sin embargo, la Iltma. Corte ordenó la prisión preventiva del amparado, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Refiere que en la mencionada audiencia, la defensa solicitó la suspensión del procedimiento según lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, invocando como antecedentes que, la causa RIT 8908-2016 seguida ante el mismo tribunal se encontraba suspendida por el mismo motivo, y un informe psicológico emanado por la psicóloga Rene Langlotz Wustenfeld del año 2010 que concluye que el amparado “(…) presenta un retraso mental de gravedad no especificada. Las capacidades cognitivas e intelectuales se encuentran marcadamente deterioradas (…) siendo consumidor habitual y crónico de cannabis sativa, pasta base de cocaína y alcohol entre otras”. El tribunal rechazó la solicitud, al estimar que tales antecedentes eran insuficientes para el supuesto de la norma invocada. Manifiesta que en audiencia celebrada el 7 de octubre recién pasado, fijada para debatir la suspensión del procedimiento, presentó como nuevo antecedente un informe psiquiátri

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 2°) Que del mérito de los antecedentes consistentes en los informes psicológicos y psiquiátricos acompañados por la defensa, dan cuenta de que se reúnen en la especie los requisitos establecidos en el artículo 458 del Código Procesal Penal para decretar la suspensión del procedimiento. 3°) Que la gravedad del delito que se le imputa al amparado, sus casusas pendientes y su extracto de filiación, dan cuenta de una peligrosidad que justifica su internación en los términos del artículo 464 del Código Procesal Penal, y que la internación en un establecimiento asistencial resulta más acorde a la situación personal del imputado, razones por las cuales el recurso será acogido, como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida a folio 1 en favor de Marcelo Alejandro Jeria Tobar, en consecuencia, se decreta la suspensión del procedimiento en causa RIT 9654-2019 seguida ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, debiendo el Tribunal de Garantía referido solicitar el informe psiquiátrico correspondiente, al tenor de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, y se ordena la internación provisoria del amparado en los términos del artículo 464 del cuerpo legal mencionado, en la Unidad de Psiquiatría Forense Transitoria (UPFT) del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-728-2019.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve. Visto: A folio1, comparece Cristián Sandoval Díaz, Defensor Penal Público, en favor del amparado Marcelo Alejandro Jeria Tobar, quien actualmente se encuentra privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en causa RIT 9654-2019 seguida ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, interpone acción de amp

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