SIN INFORMACION

COP. AHORRO Y CREDITO FINANCIERA AGRARIA LTDA/CARREÑO CARRASCO CAROLINA

Rol

Fecha

17 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Guillermo Martínez Concha, por la parte demandante en autos caratulados “Cooperativa de Ahorra y Crédito Financiera Agraria Limitada con Carreño”, seguidos ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, Rol Nº C-15.848-2018, quien deduce -falso- recurso de hecho en contra de la resolución de 16 de agosto del año en curso, que concedió un recurso de apelación interpuesto por la contraria en contra de la resolución de 8 de agosto pasado que, a su vez, hizo efectivo un apercibimiento y tuvo a la ejecutada por desistida de la diligencia pericial solicitada. Sostiene que el referido recurso de apelación no debió concederse, por cuanto impugna una resolución inapelable, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. En efecto, agrega, la resolución en comento es un decreto, o bien, un auto, que ordena un trámite necesario para la substanciación regular del juicio, cual es, cumplir con un apercibimiento que ya había sido ordenado por el Tribunal de primera instancia con fecha muy anterior, esto es, el 31 de julio de 2019, y respecto del cual la contraria no recurrió, encontrándose firme y ejecutoriada.

Fallo

Por lo expuesto, solicita acoger el presente recurso y declarar inadmisible la apelación contraria, por no ser apelable la resolución recurrida, con costas. SEGUNDO: Que del mérito de los antecedentes resulta que la decisión impugnada a través del recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada, tiene la naturaleza jurídica de un auto o decreto que podría alterar la substanciación regular del juicio, por lo que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, es susceptible de impugnación por esta vía. Por estas consideraciones, y de acuerdo además, con lo prescrito en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado don Guillermo Martínez Concha con fecha 19 de agosto de 2019. Agréguese copia de la presente resolución en el Ingreso Corte N° 11638-2019, a fin que se resuelva lo pertinente. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-11086-2019. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por el Abogado integrante señor Cristian Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de octubre de dos mil diecinueve. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Guillermo Martínez Concha, por la parte demandante en autos caratulados “Cooperativa de Ahorra y Crédito Financiera Agraria Limitada con Carreño”, seguidos ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, Rol Nº C-15.848-2018, quien deduce -falso- recurso de hecho en contra de la resoluc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica