SIN INFORMACION

RODOLFO CESAR ROBLES PINO EN FAVOR DE LAURA MORAGA PEREZ CONTRA GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

17 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que don Rodolfo César Robles Pino, Defensor Penal Público, en representación de doña Laura Moraga Pérez, quien cumple condena en el Centro Penitenciario Femenino Santiago, deduce recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por cuanto se opuso a la solicitud de traslado de su representada al CET Femenino Semi abierto de Santiago Talita Kum, por requisito de tiempo. Expone que la persona por quien recurre cumple condena de 15 años y un día por el delito de tráfico de drogas en causa RIT 5122-2014 RUC 1400807712-7 del Juzgado de Garantía de Calama, registrando como inicio de condena el 30 de agosto de 2014 y de término el 31 de agosto de 2029. Añade que hace un año registra conducta evaluada como muy buena en el interior del recinto penal, donde cumple condena hace ya 5 años y que por su destacada conducta solicitó traslado al CET Femenino Semi abierto Talita KUM, lugar en que pretende seguir trabajando como parte de su proceso de reinserción social. Indica que el 29 de julio del presente año, el Director Regional Metropolitano informa a la Alcaide del Centro Penitenciario Femenino de Santiago que respecto de la interna Laura Moraga Pérez no se otorga aprobación a la solicitud de traslado

Fundamentos

considerando requisito de tiempo, conforme a las observaciones señaladas en el Ord. 494 del 12 de julio del presente año del Departamento Sistema Cerrado. Sostiene que la amparada ha sufrido una discriminación arbitraria en virtud del delito sobre el cual fue condenada, tal como versa en el Ord. Nº 949 referido, se destaca que su representada lidera una organización criminal. Manifiesta que por ello, dicha actuación devine en ilegal y arbitraria. Explica que si bien la amparada no cumple con el tiempo mínimo establecido en el artículo 80 del Decreto 943 para acceder al traslado –debe cumplir a lo menos dos tercios de su condena- existe una excepción en la norma en cuanto al requisito tiempo señalado, que es que la amparada cuenta con la aprobación unánime del Consejo Técnico. Expresa que su conducta al interior del recinto penal es altamente destacable y sólo desea participar de forma activa en su proceso de reinserción social, siendo hoy víctima de discriminación arbitraria. Invoca el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Decreto 943 que aprueba el reglamento que establece estatuto laboral y de formación para el trabajo. Solicita en definitiva se acoja la acción constitucional, revocando la resolución señalada y se acceda a la solicitud de traslado de su representada, o, en subsidio, se adopten las medidas que estime pertinente para reestablecer el imperio del derecho. Acompaña a su presentación los siguientes documentos: Copia de oficio N° 339 de agosto de 2019; copia de Ord. 0685 de 17 de julio de 2019 del Director Regional Metropolitana y copia simple de la Ficha única de Condenado de Laura Moraga Pérez. Segundo: Que por la recurrida informa la Teniente Coronel doña Andrea Toledo Valenzuela, Alcaide del Centro Penitenciario Femenino de Santiago y señala que la imputada se encuentra en el CPF de Santiago, cumpliendo condenada por el Juzgado de Garantía de Calama en causa RIT 5122-2014, por el delito tráfico ilícito de drogas a las penas de 15 años y un día (unificación), iniciando el cumplimiento el 30 de agosto de 2014, registrando fecha de tiempo mínimo el 31 de agosto de 2024 y término de cumplimiento el 31 de agosto de 2029. En cuanto a los hechos relativos al presente recurso, señala que en oficio ordinario Nº5466 de 29 de julio del año en curso del Director Regional Metropolitano, respecto de la interna Moraga Pérez no se otorgó aprobación a requisito tiempo mínimo, ello al considerar las observaciones señaladas en el ordinario Nº 494 de 12 de julio del presente del Departamento Sistema Cerrado, que da cuenta que Laura Moraga Pérez, presenta riesgo medio, con plan de intervención en el Programa PPL, que encuentra ejecución, lidera una organización dedicada al narcotráfico, presenta versatilidad delictual, posee actitud pro criminal, necesidad identificada en valoración riesgo del 27.08.2018 no indicada en su plan de intervención y que se mantiene según informe descriptivo actual, por lo que no se recomiendo s

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado Defensor Penal Público don Rodolfo César Robles Pino, en favor de Laura Moraga Pérez en contra del Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese Rol N° 474-2019-AMPARO

Texto Completo (Preview)

En Santiago a diecisiete de octubre de dos mil diecinueve. Vistos: Primero: Que don Rodolfo César Robles Pino, Defensor Penal Público, en representación de doña Laura Moraga Pérez, quien cumple condena en el Centro Penitenciario Femenino Santiago, deduce recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por cuanto se opuso a la solicitud de traslado de su representada al CET Femenino Semi abie

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica