SIN INFORMACION

JUAN ANTONIO ARAOS AGUIRRE EN FAVOR LUIS FERNANDO JORQUERA BUSTOS CONTRA JUZGADO DE FAMILIA DE MELIPILLA

Rol

Fecha

17 de octubre de 2019

Materia

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Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece don Juan Antonio Araos Aguirre, abogado, en favor de don Luis Fernando Jorquera Bustos, demandado en una causa de alimentos en etapa de cumplimiento, RIT Z-402-2018, quien interpone acción de amparo en contra de la magistrado del Juzgado de Familia de Melipilla, señora Paola Teresa Ordenes Vitali, quien dictó la resolución de nueve de octubre pasado que rechazó su solicitud de alzar la orden de arresto que afectaba a su representado. Expone que su solicitud de alzamiento del apremio se fundó en que, si bien se había despachado la orden de arresto el veinte de junio del año en curso, por haber arrojado la correspondiente liquidación una deuda de pensiones de alimentos, esta Corte de Apelaciones, en los autos rol 681-2019, el seis de septiembre pasado resolvió: “ Que de los antecedentes se encuentra acreditado que entre el año 2011 y 2017, las partes mantuvieron vinculo de convivencia y matrimonio, durante el cual nació una hija en común , no siendo discutido que en ese tiempo se cumplió la obligación de socorro establecida en el artículo 131 del Código Civil . Y visto además lo dispuesto en el artículo 336 del Código Civil y artículo 67 de la ley 19.968, se revoca en lo apelado, la resolución de fecha veintiocho de Junio del presente año , dictada por el Juzgado de Familia de Melipilla en los autos RIT Z-402-2018, debiendo el Tribunal citar a una audiencia donde deberán las partes comparecer con todos sus medios de prueba en relación a lo discutido a fin de determinar lo realmente adeudado, en los cuales se deberá restar el tiempo de convivencia y matrimonio.” Reseña que, con tal antecedente, el día ocho de octubre se pidió al tribunal dejar sin efecto la orden de arresto, pero el tribunal resolvió lo siguiente: “No constando aun en la carpeta judicial , el escrito señalado por el abogado, no ha lugar por ahora , se resolverá una vez recepcionado por la Ilustre Corte de Apelaciones de San Miguel”. Arguye que lo decidido

Fallo

fallo con el código de verificación electrónico. Agrega que es también ilegal, toda vez que está en abierta contradicción a lo prescrito en el artículo 14 de la Ley Sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, que dispone apremios para la persona obligada al pago de una pensión de alimentos para el caso de incumplimiento, consta de manera irrefutable en autos. Pide se ordene dejar sin efecto la orden de arresto emitida en contra de su representado. 2°) Que informa al tenor del recurso doña Paola Órdenes Vitali, jueza del Juzgado de Familia de Melipilla, quien expone que, a la fecha, no consta en la carpeta digital la resolución de esta Corte y por ello se proveyó a la presentación del alimentante, no ha lugar por ahora y que se resolvería una vez que llegara la resolución al tribunal. Asevera que no ha desconocido una orden del tribunal superior, pues no ha sido notificada de la resolución que acompaña el incidentita. Añade que de la copia acompañada por el articulista, se advierte que se ordena citar a una audiencia especial con la finalidad ya señalada, más no se ordena dejar sin efecto el apremio de arresto de nocturno. Concluye que la resolución impugnada se ajusta a derecho y se ajusta al mérito de autos. 3°) 91Letras de San Bernardoogado integrante señor Mhc el Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó por el recurso el abogado Juan Araos Aguirre. En Santiago, a 17 de octubre de 2019. Javiera Gaínza Flores, relatora. En Santiago, diecisiete de octubre de dos mil diecinueve. Al escrito folio 69221: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece don Juan Antonio Araos Aguirre, abogado, en favor de don Luis Fernando Jorquera Bustos, demandado en una caus

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