SARABIA/MERINO
Rol
Fecha
17 de octubre de 2019
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Y teniendo únicamente presente que los antecedentes acompañados al proceso demuestran que el domicilio del demandado es el ubicado en Avenida Echeñique N° 7124, comuna de La Reina, lugar en que fue encontrado para los efectos de su comparecencia ante la Inspección del Trabajo, se revoca la resolución de siete de agosto de dos mil diecinueve dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y, en su lugar, se decide que se acoge la incidencia de la demandada y se declara la nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento y, en consecuencia, se ordena citar a las partes a una nueva audiencia única en procedimiento monitorio, debiendo dictarse las resoluciones que en derecho correspondan. Se previene que si bien el Ministro señor Vázquez comparte el voto de minoría de la resolución de trece de septiembre de dos mil diecinueve, lo cierto es que el recurso fue declarado admisible. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Leyton quien fue de opinión de confirmar la resolución apelada en virtud de una doble argumentación: 1° Que el recurso en cuestión resulta inadmisible a la luz de lo que preceptúa el artículo 476 del Código del Trabajo, que claramente mandata las resoluciones que admiten este tipo de recurso, naturaleza que no es compartida por aquella pronunciada en estos autos, sin que sea óbice para dicha conclusión la circunstancia de que el presente recurso haya superado la fase de admisibilidad del mismo, pues no resulta aplicable en la especie el instituto de la preclusión, en tanto aquella revisión no impide ni menos produce cosa juzgada respecto del conocimiento de los elementos de forma y fondo propios de la vista de la causa. 2° Que ya respecto del fondo, cabía al incidentista probar el hecho postitivo contrario, esto es que tenía un único domicilio y que corresponde al ubicado en calle Echeñique, pues en esta materia no se puede olvidar que existe la posibilidad de que persona ostente más de un domicilio, de manera que
Fallo
se decide que se acoge la incidencia de la demandada y se declara la nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento y, en consecuencia, se ordena citar a las partes a una nueva audiencia única en procedimiento monitorio, debiendo dictarse las resoluciones que en derecho correspondan. Se previene que si bien el Ministro señor Vázquez comparte el voto de minoría de la resolución de trece de septiembre de dos mil diecinueve, lo cierto es que el recurso fue declarado admisible. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Leyton quien fue de opinión de confirmar la resolución apelada en virtud de una doble argumentación: 1° Que el recurso en cuestión resulta inadmisible a la luz de lo que preceptúa el artículo 476 del Código del Trabajo, que claramente mandata las resoluciones que admiten este tipo de recurso, naturaleza que no es compartida por aquella pronunciada en estos autos, sin que sea óbice para dicha conclusión la circunstancia de que el presente recurso haya superado la fase de admisibilidad del mismo, pues no resulta aplicable en la especie el instituto de la preclusión, en tanto aquella revisión no impide ni menos produce cosa juzgada respecto del conocimiento de los elementos de forma y fondo propios de la vista de la causa. 2° Que ya respecto del fondo, cabía al incidentista probar el hecho postitivo contrario, esto es que tenía un único domicilio y que corresponde al ubicado en calle Echeñique, pues en esta materia no se puede olvidar que existe la
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de octubre de dos mil diecinueve. A los folios N° 463394 y 466516: téngase presente. Visto: Y teniendo únicamente presente que los antecedentes acompañados al proceso demuestran que el domicilio del demandado es el ubicado en Avenida Echeñique N° 7124, comuna de La Reina, lugar en que fue encontrado para los efectos de su comparecencia ante la Inspección del
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica