SIN INFORMACION

GARCÍA/VALDÉS

Rol

Fecha

11 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que han comparecido don Sebastián Andrés García Wilson, biólogo marino, y don Bernardo José García Wilson, empleado, ambos domiciliados en Hijuela 67, Huequecura, localidad de Llifén comuna de Lago Ranco, y han interpuesto recurso de protección en contra de don Martín Antonio Valdés Joannon, don José Ramón Valdés Joannon, doña Josefina Isabel Valdés Joannon, doña María Fernanda Valdés Joannon y don Ramón Alberto Valdés Ruiz, todos domiciliados en la ciudad de Santiago, por estimar que los recurridos, al destruir el camino de acceso desde el camino público hasta el inmueble de su propiedad, quitando el pavimento y roca e instalando una cerca de madera que bloquea el paso, han vulnerado sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional y derecho de propiedad, establecidas en los números 2°, 8°, 21° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se ordene a las recurridas abstenerse de realizar cualquier acto que importe alterar el libre tránsito peatonal y vehicular de los recurrentes por la vía que le permitía acceder a sus predios, desde y hacia el camino Ruta T-55, Futrono - Riñinahue, debiendo abrir el portón de acceso a su predio para dicho tránsito, sacar la cerca de madera y restablecer a su estado original el camino existente como se encontraban antes de los hechos denunciados, todo dentro del plazo que se estime adecuado, con expresa condenación en costas. Fundan su recurso en que son dueños del inmueble ubicado en la comuna de Lago Ranco, que de acuerdo al plano de subdivisión es denominado como "Resto del Predio", de una superficie de 1,64 hectáreas que conserva el Rol Matriz N°61-205, que resulta de la subdivisión de la Hijuela N° 67, Huequecura, a orilla del Lago Ranco, localidad de Llifén, el que adquirieron por sucesión quedada al fallecimiento de su madre Amalia Leonor Wilson Fuensalida, también conocida como Amalia Leonor Wilson Fuenzalida, encontrándose aún pendiente la inscripción del auto de posesión efectiva y de dominio a nombre de los recurrentes. Refieren que en dicho inmueble hay construidas tres casas, que se usan en forma periódica por los recurrentes y sus familias. Además, dichas casas se arriendan en el verano y feriados a turistas nacionales y extranjeros. Agregan que, por su parte, cuatro de los recurridos son dueños del inmueble colindante del lado Norte y que ambos lotes colindantes derivan de una subdivisión, ejecutada por el propio recurrido Ramón Valdés Ruiz, en su calidad de arquitecto, antes de la compra del Lote C, que dejó al lote llamado "Resto del Predio" aislado y sin acceso o comunicación al camino público Ruta T-55, Futrono - Riñinahue, debido a la existencia de farellones y pendientes no aptas para construir un camino, salvo en cuanto a la existenci

Fallo

por lo expuesto, no resulta esta gestión de urgencia, desformalizada y breve, la vía idónea para resolver el conflicto entre las partes, por lo que el presente recurso debe ser rechazado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se RECHAZA, sin costas, la acción de protección interpuesta. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la Fiscal Judicial Sra. Gloria Hidalgo Álvarez N°Protección-2268-2019.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, once de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que han comparecido don Sebastián Andrés García Wilson, biólogo marino, y don Bernardo José García Wilson, empleado, ambos domiciliados en Hijuela 67, Huequecura, localidad de Llifén comuna de Lago Ranco, y han interpuesto recurso de protección en contra de don Martín Antonio Valdés Joannon, don José Ramón Valdés Joa

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