MEDEL/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN CHILE
Rol
Fecha
9 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece doña Gabriela Cisterna Orellana, abogada, cédula nacional de identidad N° 16.475.158-9, en representación de don ANDRÉS LEONARDO MEDEL FARIAS, ingeniero civil informático, cédula de identidad N° 13.160.874-8, ambos domiciliados, en calle Agustinas 1442, oficina 402, comuna de Santiago, y deduce recurso de protección en contra del SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, representado legalmente por don Jorge Álvarez Vásquez, por las consideraciones de hecho y de derecho que expone. Refiere que el recurrente ingresó al servicio el 01 de diciembre de 2014 como: “Oficial de Seguridad Tecnologías de Información Subdirección de Estudios y Desarrollo", cargo a contrata. Esta naturaleza y cargo se mantuvo hasta el nombramiento que culmina el 31 de diciembre de dos mil diecinueve, siendo durante este lapso sus evaluaciones siempre satisfactorias, siendo calificado en lista uno (1) de distinción, recibiendo siempre buenos comentarios de sus jefaturas. Sostiene que el señor Medel fue designado como Encargado Subrogante de Seguridad de la Información, sin embargo, el día 5 de abril 2019, para su total sorpresa, fue notificado de la resolución que dispone el termino anticipado de designación a contrata, es decir, su desvinculación del servicio luego de más de cuatro años de trayectoria laboral, sin respetar su última designación que era hasta el 31 de diciembre de 2019. La autoridad del Servicio, por las razones que se indican en el acto que impugna ha determinado efectuar una reestructuración de la Subdirección de Estudios y Desarrollo, -en adelante SED-, la que esta ordenada en la Resolución Exenta N° 144 de 03 de abril de 2019. Que, asimismo, la reestructuración citada es transversal a la SED, involucrando la supresión del Departamento de Estudios, del Departamento de Tecnología de la información y comunicación, de la Unidad de Computación, y finalmente también la supresión de la Unidad de Desarrollo Informático, siendo en
Fundamentos
motivos que no se sustentan a sí mismos y que no se condicen con la realidad, incumple la normativa transcrita, y transgrede: i). la libertad de trabajo en su expresión de la estabilidad en el empleo, ii). Igualdad ante la ley referida a su derecho a no ser víctima de actos arbitrarios y; iii). derecho de propiedad. Además una afectación del principio de confianza legítima respecto a la continuidad de la contrata del señor Medel. Todas garantías consagradas en el artículo 19 de la Constitución Política del Estado en los numerales 2, 16 y 24. A modo de conclusión, estima el término anticipado de la contrata, es por un lado un acto ilegal, ya que no se respetaron los principios del procedimiento administrativo contenidos en la ley 19.880, en relación específicamente al deber de motivación de los actos de la administración, especialmente aquellos que afectan situaciones jurídicas de particulares, y de otro lado, es arbitrario, porque se le privó de forma arbitraria de su fuente laboral y de ingresos, sin fundamentación. Como indica la Excma. Corte Suprema, con este acto se devastaron sus derechos laborales sin una debida fundamentación. Pide se tenga por interpuesta la presente acción de protección en contra de la Resolución Exenta N° 1064 de fecha 28 de junio 2019, notificada a su parte con fecha 11 de julio de 2019 emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante la cual se puso fin anticipado a la contrata de su representado; admitirla a tramitación, y acogerla en definitiva en todas sus partes, restableciendo el imperio del derecho y ordenando: 1. El inmediato reintegro a sus labores y cargo, en los términos que establece la ley. 2. Se ordene, en el más breve plazo, el pago de sus remuneraciones y demás prestaciones adeudadas por todo el periodo que la decisión impugnada le privó de su empleo, con los reajustes e intereses correspondientes. 3. Se instruya al Servicio de Registro Civil e Identificación, a no actuar del modo impugnado en lo sucesivo. 4. Se condene en costas al Servicio de Registro Civil e Identificación. Acompañó el recurrente los siguientes documentos: 1. Memorándum DDP N° 1033 de 25 de noviembre de 2014, informa finalización proceso de selección; 2. Currículum vitae de Andrés Leonardo Medel Farías; 3. Resolución TRA N° 252/309/2014 sobre designación a contrata de persona que indica. 4. Certificado de antigüedad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 5. Hoja de Calificación 2014-2015; 2016-2017 y 2017-2018. SEGUNDO: Que, al informar la recurrida, hace una síntesis del recurso, para luego solicitar su rechazo basado en los siguientes acápites y fundamentos. Explica que luego de una auditoria en que se concluyó hacer mejoras al sistema, mediante resolución N° 144 de 03 de abril de 2019 se establece una nueva estructura de la Subdirección de Estudios y Desarrollo, que implicó la supresión del Departamento de Estudios, del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación, d
Fallo
En mérito de lo expuesto pide se tenga por evacuado informe, y en definitiva no dar lugar al recurso de protección deducido por el recurrente en virtud de los antecedentes de hecho y las consideraciones de derecho expuestos, con expresa condenación en costas. Acompañó la recurrida, los siguientes documentos: 1. R.EX N 14 2015 - Designa Oficial de Seguridad 2. R.EX 32 de 27 de enero de 2016 Designa encargado seguridad de la información a don Adolfo Pinto Hurel. 3. R.EX 280 de 5 agosto de 2016 complementa res. 32 Designa encargado de la seguridad de la Información Andrés Medel Farías. 4. R.EX N° 92 DE 2017 - Encargado de Seguridad de la Información. 5. Res. N° 621 de Término de contrata de don Andrés Leonardo Medel Farías de 05 de abril de 2019 6. R.EX N 1064 2019 - Rechaza Recurso de Reposición Andres Medel 7. Recurso de reposición presentado por don Andrés Leonardo Medel Farías de 12 de abril de 2019 8. Resolución Exenta N° 144 de 03 de abril de 2019 que reestructura Subdirección de Estudios y Desarrollo 9. MEMO SED 78 16-01-2019 resp. a MEMO DN 05 Informa Resultado Auditoría 10. MEMO DN 05 de 04-01-2019, que Informa resultado Auditoría Seguridad de la Información 11. Providencia DN 835 02-04-2019, Adjunta MEMO UGE 39 01-04-2019 12. MEMO AI 158 de 02-04-2019, Informa respecto a nueva Estrategia de Seguimiento de compromisos 13. Resolución Exenta RA N° 252/746/2019 de 15 de junio de 2019 14. Prórroga de Designación a Contrata - Cosme Aranda 15. Resolución Exenta RA N° 252/
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de octubre de dos mil diecinueve. Al escrito folio 17: a lo principal y otrosí, por no corresponder a esta causa, no ha lugar. Al escrito folio 18, estése a lo resuelto precedentemente. Al escrito folio 19, téngase presente. Al escrito folios 19 y 20: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparec
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