TANNER LEASING S.A. C/ MARCELO ANDRES CORVALAN PARRA
Rol
Fecha
9 de octubre de 2019
Materia
APROPIACION INDEBIDA (INCLUYE EL DEPOSITARIO ALZADO). ART. 470 Nº 1.
Resultado
REVOCA SOBRESEIMIENTO
Hechos
VISTO YCONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la apoderada de la parte querellante, Tanner Leasing S.A, interpuso de recurso de apelación en contra de la resolución pronunciada por el Juzgado de Garantía de Arica, en audiencia celebrada el tres de septiembre pasado, en la cual se decretó el sobreseimiento definitivo en la causa, acorde a lo previsto en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, esto es, cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito. Funda su arbitrio procesal, en síntesis, señalando que los hechos que se investigan en esta causa son constitutivos del delito de apropiación indebida contemplado en el Nº 1 del artículo 470 del Código Penal, que reza: “Las penas privativas de libertad del art. 467 se aplicarán también: 1.° A los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla.”. Acota que dicha figura penal consiste en quedarse con cosas ajenas, violando el deber jurídico de entregarlas o devolverlas, y que en este caso el título es el contrato de leasing como una forma especial de arrendamiento, en virtud del cual el dueño realiza la entrega de una cosa mueble, que el deudor tiene la obligación de devolver, cuyo título que no es traslaticio de dominio. SEGUNDO: Que, en el presente caso, acorde a lo dispuesto en la querella criminal deducida por la recurrente, el delito de apropiación indebida se hace consistir en la no devolución de dos camiones dados en arrendamiento en virtud del sistema leasing, uno para cada uno de sus vehículos, dichos contratos fueron celebrados el 8 de junio y 28 de septiembre, ambos del 2015, celebrado por escritura pública entre la querellante en calidad de arrendadora, y el querellado Marcelo Corvalán Parra como arrendatario, acordando rentas por 48 cuotas mensuales iguales y sucesivas, con opción de compra al término del contra
Fallo
se declara que el proceso sigue vigente, en el que el querellado se encuentra formalizado por el delito de apropiación indebida del Nº1 del artículo 470 del Código Penal. Notifíquese y comuníquese vía interconexión. Rol N° 442-2019 Penal.
Texto Completo (Preview)
Arica, nueve de octubre de dos mil diecinueve. VISTO YCONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la apoderada de la parte querellante, Tanner Leasing S.A, interpuso de recurso de apelación en contra de la resolución pronunciada por el Juzgado de Garantía de Arica, en audiencia celebrada el tres de septiembre pasado, en la cual se decretó el sobreseimiento definitivo en la causa, acorde a lo previsto en la letra
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