JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

C/ NEFTALI MUNOZ BRIONES

Rol

Fecha

8 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, lo expuesto por los comparecientes en estrados y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha doce de septiembre que no hizo lugar a decretar el sobreseimiento total y definitivo de la presente causa a favor de los imputados Adner Muñoz Briones y Neftali Muñoz Briones, por la causal de la letra f) del artículo 250 del Código Procesal Penal. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 309 - 2019 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán ACT/Cpr. - Chillán, ocho de octubre de dos mil diecinueve. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, lo expuesto por los comparecientes en estrados y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha doce de septiembre que no hizo lugar a decretar el sobreseimiento total y definitivo

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