ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETA./ECM INGENIERIA S.A.
Rol
Fecha
8 de octubre de 2019
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados en la ley, naturaleza jurídica que en la especie no se cumple, habida consideración, además, que los oficios no constituyen medios probatorios, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la demandada ECM Ingeniería S.A. (folio N° 7), el doce de julio de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de diez del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-10420-2019 (tms).
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la demandada ECM Ingeniería S.A. (folio N° 7), el doce de julio de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de diez del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-10420-2019 (tms).
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de octubre de dos mil diecinueve. Por recibidos los autos del tribunal a quo y sin perjuicio de lo informado, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regul
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