30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

EASTON/EVENTOS DOÑA IRIS S.P.A.

Rol

Fecha

14 de octubre de 2019

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el cinco de septiembre de dos mil diecinueve, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el dos de septiembre del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-12903-2019.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el cinco de septiembre de dos mil diecinueve, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el dos de septiembre del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-12903-2019.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, catorce de octubre de dos mil diecinueve. Al folio N°3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposi

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