JOFRE ZUÑIGA JORDAN ARIEL/8° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
4 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el Abogado de la Defensoría Penal Pública don Leonardo Di Domenico Villota y recurre de amparo en favor del adolescente Jordán Ariel Jofré Zúñiga y en contra del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Expone que con fecha 25 de septiembre de 2019, en audiencia de ampliación de plazo de investigación, el Tribunal amplió dicho plazo respecto de su representado, quien se encuentra formalizado por el delito de robo con intimidación, en 20 días, en circunstancias que aquella constituye una cuarta ampliación del mismo, que excede el plazo señalado en el artículo 38 de la ley 20.084. Finaliza solicitando sea acogido el recurso, y se disponga que el tribunal debe citar, en el más breve plazo, a audiencia de cierre de investigación o lo que U.S.I. estime conducente para restablecer el imperio del derecho. 2º) Que informando el Juez Sergio Córdova Alarcón, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, confirma los antecedentes de hecho expuestos por el recurrente e indica que se ha procedido, de oficio, a citar a los intervinientes a audiencia por cautela de garantías, revisión de medidas cautelares y eventual nulidad procesal que se llevara a efecto el día 4 de octubre de 2019, a las 13:00 horas. 3°) Que el artículo 38 de la ley de responsabilidad adolecente N° 20.084, establece que procede la ampliación del plazo de investigación dirigida en contra de un adolecente, por un plazo máximo de dos meses, constando en los antecedentes incorporados por el recurrente y el Juez del tribunal recurrido, que producto de cuatro audiencias de ampliación de investigación, posteriores a la audiencia de formalización, en que se fijó un plazo de investigación de 60 días, se ha ampliado el plazo original en un total de 95 días, que es mayor al de dos meses referido en la disposición legal indicada, siendo en consecuencia ilegal y arbitraria la resolución pronunciada en audiencia de veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve que nuevamente
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se acoge la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Jordán Ariel Jofré Zúñiga en consecuencia, se ordena al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago fijar una audiencia de apercibimiento de cierre de investigación. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2051-2019. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Javier Moya Cuadra, conformada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare y la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de octubre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el Abogado de la Defensoría Penal Pública don Leonardo Di Domenico Villota y recurre de amparo en favor del adolescente Jordán Ariel Jofré Zúñiga y en contra del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Expone que con fecha 25 de septiembre de 2019, en audiencia de ampliación de plazo
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