SIN INFORMACION

JOFRÉ/JUZGADO DE LETRAS DE COLINA

Rol

Fecha

3 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don José Luis Jofré Moreno, abogado, dedujo recurso de hecho por la parte demandante de la causa RIT O-17-2017 del Juzgado de Letras de Colina, en contra de la resolución que declaró improcedente el recurso de apelación de la misma parte interpuesto contra de aquella que rechazó el retiro del desistimiento contenido en una cláusula del avenimiento de dieciocho de abril de dos mil diecisiete. Solicita se declare la procedencia y admisibilidad del recurso de apelación deducido y sean dejadas sin efecto las gestiones posteriores al rechazo impugnado. Segundo: Que al informar la jueza titular doña Andrea Coppa Hermosilla, señaló que la resolución impugnada por la vía de apelación no corresponde a ninguna de las hipótesis de procedencia del artículo 476 del Código del Trabajo Tercero: Que el artículo 476 inciso 1° del Código del Trabajo establece que “sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social”. Cuarto: Que, en la especie, la resolución apelada fue aquella que, rechazó el retiro del desistimiento, la que a diferencia de la que se pronunció sobre el avenimiento alcanzado por las partes -no fue impugnada- evidentemente no comparte la naturaleza de aquellas previstas por la norma transcrita en el motivo precedente, razón por la que, se comparte el razonamiento de la juez a quo en cuanto a la improcedencia del mismo recurso, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido contra la resolución de diecinueve de julio de dos mil diecinueve dictada por el Juzgado de Letras de Colina. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-2110-2019. Pronunciada

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido contra la resolución de diecinueve de julio de dos mil diecinueve dictada por el Juzgado de Letras de Colina. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-2110-2019. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Lilian A. Leyton Varela y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de octubre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don José Luis Jofré Moreno, abogado, dedujo recurso de hecho por la parte demandante de la causa RIT O-17-2017 del Juzgado de Letras de Colina, en contra de la resolución que declaró improcedente el recurso de apelación de la misma parte interpuesto contra de aquella que rechazó el retiro de

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