ASOCIACIÓN GREMIAL TRANSPORTE DE PASAJEROS AEROPUERTO CHILE/SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE ESTACIONAMIEN
Rol
Fecha
3 de octubre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 16 de mayo de 2019, recurre de protección don Iván Marcelo Ordoñez Vargas, transportista, en su calidad de representante de la Asociación Gremial Transporte de Pasajeros Aeropuerto, ambos domiciliados en Avenida El Peral N°7078, Casa 38, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, en contra de Sociedad Administradora de Estacionamientos Maxximiza S.A., por el acto arbitrario e ilegal de restringir la libertad de trabajo unilateralmente y sin justificación alguna, constituyendo una grave vulneración a los Derechos y Garantías Constitucionales establecidas en el artículo 19 N°2, 3, 7, 16 y 21 de la Constitución Política de la república, solicitando se acoja la acción constitucional, ordenando a la recurrida dejar sin efecto todas las acciones que denuncia, con expresa condena en costas. Señala que se desempeñan como transportistas en el aeropuerto “Nuevo Pudahuel” de Santiago, y que en aquel lugar se han creado dos espacios (estacionamientos), para el uso de vehículos autorizados por el Ministerio de Trasporte para el traslado de pasajeros ya sea según decreto 212 (taxi ejecutivo) y DS 80 (transporte privado remunerado de pasajeros-turismo), espacios que son administrados por la recurrida, y para controlar el ingreso a dichas vías, se realiza un trámite administrativo, entregándosele a los conductores autorizados una tarjeta de ingreso, la cual se utiliza para entradas y salidas, debiendo pagar un canon por cada ingreso que asciende a la suma de $2.750 pesos. Sostiene que con fecha 16 de abril, la recurrida implementó una nueva forma de ingreso, debiéndose los conductores registrar en una plataforma virtual, debiendo ingresar número de vuelo, nombre de pasajero, placa patente del avión, y la identificación de la empresa a la cual pertenece, generándose con esos datos un código QR para poder ingresar a los estacionamientos, fijando un plazo de estadía que no existía, máximo 2 horas y 30 minutos de estadía, pero, que d
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que, se rechaza el recurso de protección deducido por Iván Marcelo Ordoñez Vargas, en su calidad de representante de la Asociación Gremial Transporte de Pasajeros Aeropuerto y en contra de la empresa Maxximiza, sin costas. Regístrese y archívese. Redacción del Ministro (S) Sr. Andrade. Rol Nº 39.059.2019 Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministro señora María Soledad Melo Labra e integrada por la Ministro señora Jessica González Troncoso y por el Ministro (S) señor Rafael Andrade Díaz.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de Octubre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 16 de mayo de 2019, recurre de protección don Iván Marcelo Ordoñez Vargas, transportista, en su calidad de representante de la Asociación Gremial Transporte de Pasajeros Aeropuerto, ambos domiciliados en Avenida El Peral N°7078, Casa 38, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, en contra de Socie
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