SIN INFORMACION

PEREZ STUARDO DIEGO IGNACIO / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

3 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO. Que comparece Rodrigo Palacios, abogado quien recurre de amparo en favor de Diego Ignacio Pérez Stuardo, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, fundado en que el día 25 de septiembre del año en curso funcionarios de dicha institución concurrieron hasta el domicilio de su abuela ubicado en el blog 28 departamento 312 de la comuna de Maipú, a las 12.00 horas del día y también hasta su domicilio ubicado en El Estanque N°51066 Villa Pizarreño de la comuna de Maipú. Señala que no existe ningún motivo por el cual le pese alguna investigación u orden pendiente por lo cual las búsquedas realizadas en los domicilios ya individualizados por parte de la Policía de Investigaciones de Chile porque se trata de un acto ilegal y arbitrario ya que dichos funcionarios no dejan ninguna información al respecto lo que conculca los derechos consagrados a favor en el artículo 19 número 7 de la Constitución Política de la República. Por lo anterior pide tener por interpuesta la presente acción de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y en definitiva se haga lugar a la misma declarando que debe cesar toda perturbación en que pueda haberse incurrido y que afecte el derecho a la libertad personal o seguridad individual en especial para proceder al desbloqueo para poder obtener el pasaporte anhelado. SEGUNDO. Qué informando el Prefecto Inspector Mauricio Mardones Pizarro de la Policía de Investigaciones en referencia al amparado Diego Ignacio Pérez Stuardo señala que consultadas las unidades dependientes de esta región policial de la subdirección de investigación policial y criminalística de la Dirección General indican no haber participado en los hechos relatados por el recurrente. Por otro lado el Departamento de Asesoría Técnica indicó que realizadas las consultas en el Servicio de Registro Civil e Identificación el amparado registra domicilio en Calle 2ª transversal n° 909 02 - B departamento 112 de la comuna de Ma

Fallo

se declara incompetente para seguir conociendo del asunto y remite los antecedentes a este 9º Juzgado de Garantía, el que rechaza y traba contienda de competencia la que es dirimida por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel quien resuelve que este Tribunal es competente. Explica que la causa actualmente se encuentra vigente y con fecha de audiencia de procedimiento abreviado para el próximo 15 de octubre del año en curso. Por último en relación a lo expuesto por el amparado en su recurso este Tribunal no tiene conocimiento alguno sobre el particular ni de quien o quienes habrían dispuesto las referidas búsquedas por parte de la Policía de Investigaciones de Chile. QUINTO: Que, atendido el mérito de lo informado, no aparece que exista algún hecho que constituya privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal y seguridad individual o que exista actualmente una orden de aprehensión ilegal o arbitraria en contra de Diego Ignacio Pérez Stuardo y que por el contrario consta de los antecedentes que registra una medida de arriago en la causa Rol N° 1801285279 – 3, de fecha diecisiete de abril de dos mil diecinueve decretada por el Juzgado de Garantía de Talagante, esto es por autoridad competente y dentro del ámbito de sus competenecias, razón por la cual la Corte no está en situación de adoptar medidas protectoras en los términos de los artículos 21 de la Constitución Política de la República. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artíc

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C.A. de Santiago. Santiago, tres de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO. Que comparece Rodrigo Palacios, abogado quien recurre de amparo en favor de Diego Ignacio Pérez Stuardo, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, fundado en que el día 25 de septiembre del año en curso funcionarios de dicha institución concurrieron hasta el domicilio de su abuela u

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