4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

SINERGIA INMOBILIARIA S.A. C/ SANDRA PAMELA ARRIAGADA NUNEZ

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oído los intervinientes. Este tribunal tiene presente que el juez del fondo de conformidad a lo previsto en el artículo 114 letra c) del Código Procesal Penal, declaró con fundamento, admisible la querella presentada por el delito de apropiación indebida, dándole curso con posteridad en razón de los nuevos hechos expuestos por la parte querellante en el escrito de ampliación de la querella, por considerar que los hechos podrían ser ahora constitutivo del delito de estafa, lo que dio lugar a que se iniciara la investigación por parte del Ministerio Público, quien no se encuentra limitado por esta calificación previa que se hecho en esta etapa tan inicial de indagación; por estas razones, se confirma la resolución apelada dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, con fecha dos de septiembre del año en curso, por la cual se ha decidido luego de acogerse parcialmente la reposición que esta querella se ha cursado para la investigación por parte del Ministerio Público, del delito de estafa. Comuníquese lo resuelto. Se pone término a la audiencia. N° 4933-2019.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

se declara admisible el recurso de apelación. Al escrito folio 388354: téngase presente. Vistos y oído los intervinientes. Este tribunal tiene presente que el juez del fondo de conformidad a lo previsto en el artículo 114 letra c) del Código Procesal Penal, declaró con fundamento, admisible la querella presentada por el delito de apropiación indebida, dándole curso con posteridad en razón de los nuevos hechos expuestos por la parte querellante en el escrito de ampliación de la querella, por considerar que los hechos podrían ser ahora constitutivo del delito de estafa, lo que dio lugar a que se iniciara la investigación por parte del Ministerio Público, quien no se encuentra limitado por esta calificación previa que se hecho en esta etapa tan inicial de indagación; por estas razones, se confirma la resolución apelada dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, con fecha dos de septiembre del año en curso, por la cual se ha decidido luego de acogerse parcialmente la reposición que esta querella se ha cursado para la investigación por parte del Ministerio Público, del delito de estafa. Comuníquese lo resuelto. Se pone término a la audiencia. N° 4933-2019.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, treinta de septiembre de dos mil diecinueve. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-4933-2019 Ruc: 1910042648-2 Rit : O-8900-2019 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Jessica De Lourdes Gonzalez Troncoso, el Fiscal Judicial señora Maria L. Gutierrez Alvear y el Abogado Integrante señor Rodrigo De Alencar Baraona Relator: Carlo

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