SIN INFORMACION

TOBON GARCIA ANDRES FELIPE/CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

1 de octubre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido. Archívese. N°Amparo-2028-2019 (tms). Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago presidida por la ministra señora Dobra Lusic Nadal e integrada por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá y por el abogado integrante señor Cristian Lepín Molina.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido. Archívese. N°Amparo-2028-2019 (tms). Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago presidida por la ministra señora Dobra Lusic Nadal e integrada por el ministro señor Leopoldo Llanos Sagristá y por el abogado integrante señor Cristian Lepín Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, uno de octubre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramita

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica