CONSTRUCTORA COSAL S.A./MIRANDA
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: En estos autos Rit I-2-2019 del Juzgado de Letras de San Vicente, don Juan Francisco Mualim Loyarte, en representación de Constructora Cosal S.A., dedujo demanda en procedimiento de aplicación general de reclamo de multa en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de San Vicente de Tagua Tagua, representada por doña Gabriela Miranda Quinteros, solicitando se deje sin efecto la resolución de multa Nº 17 de 13 de febrero de 2019, o se rebaje sustancialmente, con costas. La demandada contestó la demanda y solicitó se rechace en todas sus partes. Ambas partes rindieron prueba en la audiencia de juicio. Dictando sentencia el Tribunal rechazó en todas sus partes la demanda, con costas. En contra de la citada sentencia la parte demandante dedujo recurso de nulidad fundado en las causales contenidas en el artículo 477 y 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando a esta Corte que invalide la sentencia y dicte la de remplazo que acoja la demanda, dejando sin efecto la multa impuesta o rebajándola sustancialmente. Se declaró admisible el recurso y se realizó la audiencia de rigor en la que se escuchó el alegato de la parte recurrente, quedando luego la causa en estado de acuerdo.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, la parte demandante, dedujo en contra de la sentencia del Juzgado de Letras de San Vicente recurso de nulidad fundado, según se adelantara, en la causal del artículo 477 y 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del
Fallo
fallo y, cuando la sentencia hubiere sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Segundo: Que, explicando su recurso señala, en cuanto a la primera causal que la sentencia, no obstante todos los antecedentes aportados, resolvió rechazar la demanda y confirmar la sanción por no otorgar descanso dominical, constituyendo ello una verdadera infracción de ley, porque perpetúa la aplicación de una sanción cuyos presupuestos de procedencia jamás se verificaron y una decisión arbitraria de la Inspección del Trabajo, en orden a aplicar una sanción en base a presupuestos fácticos diversos a los establecidos en la conducta típica sancionada, dando cuenta así de una transgresión expresa al principio constitucional de tipicidad, juridicidad, pero sobre todo el deber de imparcialidad consagrado en el artículo 11 de la Ley Nº 19.880.- Tercero: Que, explicando su recurso en relación a la segunda causal señala que en la sentencia se han infringido abiertamente los elementos o parámetros del sistema probatorio de la sana crítica, pues se ha ponderado la prueba de manera parcial, sin concordancia con las distintas pruebas, omitiéndose pronunciamiento sobre la prueba documental y testimonial de su parte, contrariando las razones lógicas y de experiencia que exige la ley. Agrega que de lo señalado en el motivo quinto de la sentencia se desprende que la valoración de la prueba fue realizada de manera equívoca, c
Texto Completo (Preview)
Rancagua, treinta de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: En estos autos Rit I-2-2019 del Juzgado de Letras de San Vicente, don Juan Francisco Mualim Loyarte, en representación de Constructora Cosal S.A., dedujo demanda en procedimiento de aplicación general de reclamo de multa en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de San Vicente de Tagua Tagua, representada por doña Gabriela Mirand
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