RECURSO DE PROTECCION DE GLORIA MARLIA GARCIA SEGUEL CONTRA DON FRIZ YERRY BARTSCH BRICEÑO
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 26 de septiembre del año 2018, comparece doña GLORIA GARCIA SEGUEL, Cédula Nacional de Identidad Nº7.610.863-3, domiciliada en Avenida Caupolicán Nº771, de la ciudad de Temuco, quien interpone recurso de protección en contra de INMOBILIARIA E INVERSIONES PACIFIC LTDA, rut 76001625-K, cuyo representante legal es el Sr. Fritz Yerry Bartsch Biceño, RUT 9472561-5, con domicilio en calle Rancagua 485, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana y el corredor urbano del Sr. Manuel Lecaros. Funda el recurso en los reiterados avisos a Carabineros por los “boches” en la noche producidos en un inmueble colindante a su domicilio, refiriendo que le ha comunicado muchas veces al Sr. Manuel Lecaros, corredor de propiedades, que habían roto una ventana para ingresar al inmueble vecino, quien no hizo caso del asunto, diciendo que no puede hacer nada. Afirma que en estos días entraron “los ocupa” indigentes de calle y que por las noches hay “boche” y machetazos porque están destruyendo la casa, para hacer leña para calentarse y cocinar. Agrega que su preocupación es porque su pared medianera está en mal estado por el terremoto de 2010, se separa pero con materiales ligeros y que ya no duerme cuidando la casa del fuego, al que le tiene pavor. Finalmente, estimando vulnerado el derecho a la vida, la integridad física y psíquica, la vida privada y la honra de la persona y su familia, el derecho a la libre contaminación y la propiedad, solicita se acoja el recurso de protección. A folio 15, con fecha 30 de mayo del año 2019, se prescindió del informe de los recurridos. A folio 20, con fecha 09 de septiembre del año 2019, rola Oficio Nº99, de fecha 06 de septiembre del año 2019, emanado de la Segunda Comisaría de Carabineros. Se trajeron los autos en relación. PRIMERO: Que la acción de protección que contempla la Carta Fundamental, es un procedimiento eminentemente cautelar que tiene por objeto subsanar de modo urgente y excepcional un hecho en q
Fallo
Por lo expuesto y teniendo presente lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales SE RECHAZA el recurso de protección deducido por doña GLORIA GARCIA SEGUEL, en contra de INMOBILIARIA E INVERSIONES PACIFIC LTDA y el corredor de propiedad identificado como don Manuel Lecaros, todos ya individualizados. Redacción de la Ministra A. Cecilia Aravena López. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° Protección 5140-2018 Se deja constancia que no firma abogado integrante Sr. José Martínez Ríos, no obstante concurrir a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve. VISTOS: A folio 1, con fecha 26 de septiembre del año 2018, comparece doña GLORIA GARCIA SEGUEL, Cédula Nacional de Identidad Nº7.610.863-3, domiciliada en Avenida Caupolicán Nº771, de la ciudad de Temuco, quien interpone recurso de protección en contra de INMOBILIARIA E INVERSIONES PACIFIC LTDA, rut 76001625-K, cuyo represent
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