15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GONZÁLEZ/BRAVO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2019

Materia

ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el artículo 8 N°9 de la Ley N°18.101, establece de forma imperativa, que "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintinueve de agosto último, contra la resolución dictada el veintitrés de agosto del año en curso y que fuera concedido el cinco del pasado mes. Devuélvase. N°Civil-12253-2019.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintinueve de agosto último, contra la resolución dictada el veintitrés de agosto del año en curso y que fuera concedido el cinco del pasado mes. Devuélvase. N°Civil-12253-2019.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago Santiago, dos de octubre de dos mil diecinueve. A los folios 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el artículo 8 N°9 de la Ley N°18.101, establece de forma imperativa, que "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que

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