RICARDO JAVIER GUZMAN GONZALEZ CON WALMART CHILE S.A.
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2019
Materia
INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: Que atendido el mérito de los antecedentes y no habiendo sido totalmente vencida la parte querellada y demandada civil, de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, no corresponde imponerle el pago de las costas de la causa. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil y artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve que: I.- Se revoca la sentencia apelada de veinte de julio del año en curso, escrita de fojas 47 a 48 vuelta, sólo en cuanto condena a la parte querellada y demandada civil al pago de las costas de la causa, y se declara que se le exime de dicha carga. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración que se aumenta el monto de la multa impuesta a Walmart Chile S.A a 25 Unidades Tributarias Mensuales,
Fundamentos
considerando la entidad de los hechos denunciados y acreditados en autos, y la actividad del querellado. Regístrese y devuélvase. N° 232-2019 – POL.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil y artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve que: I.- Se revoca la sentencia apelada de veinte de julio del año en curso, escrita de fojas 47 a 48 vuelta, sólo en cuanto condena a la parte querellada y demandada civil al pago de las costas de la causa, y se declara que se le exime de dicha carga. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración que se aumenta el monto de la multa impuesta a Walmart Chile S.A a 25 Unidades Tributarias Mensuales, considerando la entidad de los hechos denunciados y acreditados en autos, y la actividad del querellado. Regístrese y devuélvase. N° 232-2019 – POL.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anotaron y alegaron revocando la abogada doña Francisca Marchant Letelier y confirmando con declaración el abogado don Jaime Saavedra Candia. Santiago, 25 de septiembre de 2019. En Santiago, a veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve. A los escritos folios N° 58761 y 58800: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: Que a
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