MIN PUBLICO C/ EDWARD ALFREDO CRISOSTO BURGOS
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2019
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que, los antecedentes aportados por los intervinientes en la audiencia, por un lado, reafirman la existencia del hecho punible imputado a Edward Alfredo Crisosto Burgos, teniendo especial consideración el tipo de arma utilizada y la zona del cuerpo donde la víctima recibió la herida mortal y, por el otro, no permiten tener por acreditado, en este temprano momento, la concurrencia de una hipótesis de legítima defensa propia, así como tampoco de las circunstancias modificatorias alegadas por la defensa. 2.- Que, por otra parte, la nueva declaración del imputado no tiene la virtud de modificar el escenario fáctico previo, bajo el cual fue decidida y confirmada la prisión preventiva. Por lo razonado y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de trece de septiembre de dos mil diecinueve, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Edward Alfredo Crisosto Burgos. Comuníquese al Juzgado de Garantía de Los Ángeles. Devuélvase por la vía que corresponda. N°Penal-827-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que, los antecedentes aportados por los intervinientes en la audiencia, por un lado, reafirman la existencia del hecho punible imputado a Edward Alfredo Crisosto Burgos, teniendo especial consideración el tipo de arma utilizada y la zona del cuerpo donde la víctima recibió la heri
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