SIN INFORMACION

/ZUBIETA

Rol

Fecha

24 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Se deduce recurso de amparo por el abogado Humberto Ramírez Larraín, defensor penal público, en favor de Cristóbal Soriano Romero, en contra de la resolución de fecha 17 de septiembre de 2019 del Juzgado de Garantía de San Antonio, dictada por Daniel Zúñiga Rivas, mediante la cual se dispuso la prisión preventiva de su representado. Expone en su recurso que el día 16 de septiembre se realizó audiencia de juicio oral simplificado, audiencia a la que no asistió el acusado, despachándose en su contra una orden de detención mismo día que concurrió voluntariamente a consultar por qué carabineros lo buscaba en su domicilio y siendo detenido en cumplimiento de la orden. Así fue conducido al Juzgado de Garantía de San Antonio con el propósito de realizar la audiencia de control de detención y de juicio oral simplificado a que no asistió. Agrega que el día 17 de septiembre de 2019 se llevó a cabo la audiencia antes mencionada. En la audiencia el fiscal del Ministerio Público solicitó la prisión preventiva de su representado en virtud del artículo 33 del Código Procesal Penal, señalando que no contaba con prueba para fundamentar el requerimiento fiscal por lo que solicitaba nueva fecha y que mientras tanto, el imputado fuese sujeto a la medida de prisión preventiva hasta la realización del juicio. La defensa se opuso, sin embargo, el Juez de Garantía impuso la prisión preventiva y fijó audiencia para la realización del juicio oral simplificado para el 7 de octubre de 2019. Arguye que la resolución que decreta la prisión preventiva ha sido dispuesta de forma ilegal y arbitraria privando a su representado de la garantía fundamental consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Esta cautelar se ha impuesto al requerido para asegurar su comparecencia a la audiencia de juicio oral simplificado. Decretándose fuera de los plazos legales previstos en el inciso tercero del artículo 396 y del 395 bis del Código Procesal Penal y que su representad

Fundamentos

fundamentos sin perjuicio que actualmente se encuentra en libertad, por haberse sustituido aquella por una caución.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo deducido a fojas 2 por don Humberto Ramírez Larraín, Abogado, Defensor Penal Público, en representación de don Cristóbal Soriano Romero, en autos RIT 2371-2018, en contra del Juzgado de Garantía de San Antonio y, en consecuencia, se declara que la privación de libertad de don Cristóbal Soriano Romero, resulta ilegal, en cuanto la prisión preventiva decretada excedió el plazo fijado en el artículo 395 bis del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-655-2019. En Valparaíso, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve. Visto: Se deduce recurso de amparo por el abogado Humberto Ramírez Larraín, defensor penal público, en favor de Cristóbal Soriano Romero, en contra de la resolución de fecha 17 de septiembre de 2019 del Juzgado de Garantía de San Antonio, dictada por Daniel Zúñiga Rivas, mediante la cual se dispuso la prisión prevent

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