SIN INFORMACION

FUENTES MÁNQUEZ RICARDO / METROGRAS S.A. - PRESIDENTA JUNTA DE VECINOS COMUNIDAD ALTOS DEL ALBA II

Rol

Fecha

24 de septiembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Don Ricardo Fuentes recurre de protección porque las cañerías de gas pasan a ras de suelo del jardín de su casa y pueden ser dañados por los jardineros que trabajan en ese espacio. El administrador del Condominio Altos del Alba 2, acordó una visita del personal de la SEC y de Metrogas, quienes visitaron el lugar pero no advirtieron alguna irregularidad. Pide cambiar el rumbo de las cañerías para hacerlas más seguras. Dice que está en riesgo su integridad física; 2° Que en el informe, Metrogas S.A señala que desde 2002 se proporciona gas natural a la comunidad. Se han hecho inspecciones en abril y mayo de este año, instalándose una nueva protección mecánica de acero. No existe perturbación o amenaza alguna a la seguridad ya que las instalaciones se encuentran correctamente instaladas. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles, apoyándose incluso en fotografías que acompaña, sostiene que Metrogas desde el año 2002 suministra gas a la comunidad, habiendo fiscalizado las instalaciones individualizadas constatando que cumplían la normativa vigente. Finalmente, doña Sandra Pérez Oyarzo, en representación del Condominio Altos del Alba 2, sostiene que el actor tiene una conducta habitualmente obstruccionista y solitaria, sin apoyo de la comunidad. No hay riesgo o deficiencias en el Servicio y así lo han señalado SEC y Metrogas. El 2° Juzgado de Policía Local de las Condes, rechazó la denuncia presentada por el recurrente por los mismos hechos; 3° Que en el recurso se indica que el actor le pedía a un capataz un copete que golpeara con un chuzo la cañería a lo que éste se negó. Tal conducta de concretarse, habría constituido un delito. En todo caso, con los antecedentes aportados, no se divisa transgresión, vulneración o amenaza en contra de las garantías constitucionales invocadas, de manera que la acción será desestimada. Atendido además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la Republica y Auto Acordado de la

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C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve Vistos y teniendo presente: 1° Don Ricardo Fuentes recurre de protección porque las cañerías de gas pasan a ras de suelo del jardín de su casa y pueden ser dañados por los jardineros que trabajan en ese espacio. El administrador del Condominio Altos del Alba 2, acordó una visita del personal de la SEC y de Metrogas, quiene

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