BRAVO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Andres Zúñiga Cortés, abogado, en representación de Maria Elisa Bravo Bahamondes, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en la no cobertura de CAEC, afectando con ello el derecho constitucional del derecho de propiedad y el derecho a la vida. Señala la recurrente que con fecha 28 de febrero del 2019 nació su hijo Santiago Ureta Bravo, el que presentó fisura palatina con agencia posterior, por lo que se lleva a la UCIN del hospital y se contacta a la especialista otorrino Dra. Prado, quien determina las directrices a seguir. Luego de una semana y estando su hijo fuera de peligro de aspiración o riesgos asociados a su condición, va junto a su marido a oficina de la recurrida, donde es atendida por Fernando Peñarando, con cargo en Contraloría, quien les dice debía firmar el CAEC y la cobertura GES-AUGE. Este señor le indico que la condición del hijo de la recurrente no está cubierto por GES-AUGE, ya que el niño presenta SPR (Síndrome de Pierre Robin) lo que no está cubierto por dicho sistema. Señala que le habrían refutado ello, ya que la patología del niño si está incluido dentro del catálogo que puede ser consultado en la página web de la Superintendencia de Salud. Agrega que no firmo todos los documentos presentados por este señor, pese a que fue presionada para ello. Luego de ello son contactados por un abogado y una enfermera, María Jose Riquelme, encargada de gestionar el traslado del niño a un prestador con convenio con la Isapre en Santiago, según sus palabras, para efectuar el “rescate” del niño. Señala la recurrente que las doctoras que atendían a su hijo, Dras. Moreno y Letelier le dijeron que su hijo estaba estable, sin riesgo vital, por lo que el traslado no era necesario. Frente a esto contactan a María José Riquelme por teléfono, haciéndole una serie de preguntas, ante lo cual ella afirma q
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso deducido por don Jorge Zúñiga Cortés, en favor de María Elisa Bravo Bahamondes, y en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-39905-2019 Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada por la Ministra (S) señora Blanca Rojas Arancibia y por la Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve. Al escrito folio 21, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Andres Zúñiga Cortés, abogado, en representación de Maria Elisa Bravo Bahamondes, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente e
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