NAVARRO/ELABORADORA DE ALIMENTOS FRUTALE LTDA.
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2019
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
DE FALLO (SENTENCIA DE REEMPLA
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva y considerativa, con excepción del acápite final del fundamento octavo y los
Fundamentos
motivos noveno, décimo, undécimo, duodécimo, decimotercero y décimo quinto. Y se tiene, además, presente: Primero: Lo expresado en los motivos tercero a quinto de la sentencia de invalidación que antecede, los que han de tenerse por reproducidos para estos efectos. Segundo: Que la ausencia de un día determinado al lugar de trabajo -31 de diciembre de 2018- no configuran los presupuestos fácticos constitutivos de las causales de despido invocadas por el empleador, lo que conduce a concluir que la terminación del contrato de trabajo que afectó a la actora es indebida y, por ello corresponde acoger la acción principal, condenando a la demandada a pagar a la demandante por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo la suma de $526.605, con los reajustes e intereses legales. Para la determinación del monto que se ordena pagar se tuvo en consideración la remuneración pactada, más los bonos de gestión, de día domingo, gratificación legal y asignación de movilización, conforme a lo pagado en los meses de octubre a diciembre de 2018, ello de conformidad a lo previsto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Tercero: Que por haber resultado totalmente vencida la parte demandada se le impondrá la carga de pagar las costas de la cuasa.
Fallo
Por estas razones, se decide que se acoge la demanda en todas sus partes, declarándose que: I.- El despido que afectó a la demandante doña Ana Ximena Navarro Vivanco, ocurrido el 07 de enero de 2019, es indebido. II.- El demandado debe pagar a la actora indemnización sustitutiva por la suma de $526.605. III.- El demandado debe pagar feriado proporcional por la cantidad de $251.671. IV.- Las sumas que se orden pagar lo serán con los reajustes e intereses legales. V.- Se condena a la demandada a pagar las costas de la causa. Redactó la ministra señora González Troncoso. Regístrese y comuníquese. Rol Nº 1234-2019.- Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministro señora María Soledad Melo Labra e integrada por la Ministro señora Jessica González Troncoso y por el Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernández.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva y considerativa, con excepción del acápite final del fundamento octavo y los motivos noveno, décimo, undécimo, duodécimo, decimotercero y décimo quinto. Y se tiene, además, presente: Primero: Lo expresado en los motivos tercero a quinto de la sentencia de invalidación que an
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