3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ JOSE MANUEL FAUNDEZ CONTARDO

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2019

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Hans Graver del Valle, abogado defensor privado, por el imputado José Faundes Contardo, en causa RIT 164-2019, 1900138138-8, interpone recurso de nulidad contra de la sentencia definitiva de 22 de julio de 2019, dictada por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a su representado en calidad de autor del delito de robo con violencia previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, perpetrado el día 5 de febrero de 2019, en la comuna de Providencia, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos, y de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, sin beneficios de la Ley 18.216. Fundamentó el recurso en el motivo absoluto contemplado en el artículo 374 letra e), con relación al artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal, por haberse omitido en el fallo la valoración de los medios de prueba que fundamentan los hechos que se tuvieron por probados favorablemente respecto de su representado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 297 del mismo Código, por cuanto no se valoró adecuadamente la declaración de los testigos de cargo en orden que demostraban que éste no habría tenido participación en los hechos investigados. Expresa que de la sola lectura de los

Fundamentos

considerandos 5° y 6°, donde se valora la prueba rendida en el juicio oral, dando por acreditado el hecho, y del considerando 8° donde se analiza la participación de su representado, se aprecia que el tribunal a quo desestima la tesis de la defensa relativa a la inexistencia del delito, sin analizar en parte alguna la declaración exculpatoria del imputado, ni menos relacionarla con la demás prueba rendida que dota de veracidad a su declaración. Reprocha la falta de fundamentación del fallo, pues éste no señala en parte alguna los motivos que lo llevan a desestimar el testimonio de su defendido, no pudiendo esa defensa concluir si el tribunal lisa y llanamente no le creyó al imputado por considerar su declaración como no veraz, o si creyéndole, esta no permitía controvertir la versión de la víctima por ser esta última más precisa y acorde al resto de las pruebas rendidas. En síntesis, no sabe siquiera si su testimonio fue desestimado al no ser señalado expresamente en la sentencia, no existiendo tampoco fundamentación alguna del motivo por el cual ello habría ocurrido. Terminó solicitando que se anulara el juicio oral y la sentencia y se remitieran los antecedentes al Tribunal no inhabilitado para la realización de un nuevo juicio oral. Declarado admisible el recurso, por resolución de 16 de agosto de 2019, intervinieron y fueron oídos ante esta Corte, en la audiencia respectiva del 3 de septiembre de 2019, el abogado defensor y el Ministerio Público, fijándose la audiencia del día de hoy para la lectura del fallo. Considerando: Primero: Que, la causal invocada por el recurrente es la del artículo 374 letra e), con relación a los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal. En concreto, se reprocha la omisión en el

Fallo

fallo la valoración de los medios de prueba que fundamentan los hechos que se tuvieron por probados favorablemente respecto de su representado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 297 del mismo Código, por cuanto no se valoró adecuadamente la declaración de los testigos de cargo en orden que demostraban que éste no habría tenido participación en los hechos investigados. Expresa que de la sola lectura de los considerandos 5° y 6°, donde se valora la prueba rendida en el juicio oral, dando por acreditado el hecho, y del considerando 8° donde se analiza la participación de su representado, se aprecia que el tribunal a quo desestima la tesis de la defensa relativa a la inexistencia del delito, sin analizar en parte alguna la declaración exculpatoria del imputado, ni menos relacionarla con la demás prueba rendida que dota de veracidad a su declaración. Reprocha la falta de fundamentación del fallo, pues éste no señala en parte alguna los motivos que lo llevan a desestimar el testimonio de su defendido, no pudiendo esa defensa concluir si el tribunal lisa y llanamente no le creyó al imputado por considerar su declaración como no veraz, o si creyéndole, esta no permitía controvertir la versión de la víctima por ser esta última más precisa y acorde al resto de las pruebas rendidas. En síntesis, no sabe siquiera si su testimonio fue desestimado al no ser señalado expresamente en la sentencia, no existiendo tampoco fundamentación alguna del motivo por el cual ello habri

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C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve. Vistos: Hans Graver del Valle, abogado defensor privado, por el imputado José Faundes Contardo, en causa RIT 164-2019, 1900138138-8, interpone recurso de nulidad contra de la sentencia definitiva de 22 de julio de 2019, dictada por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a su representado en calidad de

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